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Con esta guía adjunta y estas aclaraciones tenemos la intención de eliminar las dudas que podáis tener:
- TODOS los interinos tienen que solicitarlo.
- Ahora bien desde septiembre de 2014 se reconoce de manera habitual y por tanto TODO el que lo solicita y tenga derecho a ello, independientemente de los procedimientos, desistan o no lo cobrarán a partir de esa fecha.
- Aquellos que tengan abierto tendrán que elegir entre desistir o no. Si no desisten quedarán a merced de lo que dicte el juez. Si desisten se les reconocerá a lo que tengan derecho a partir de septiembre de 2010.
- Aquellos que no tengan abierto nada, tienen que poner desistir. La Administración no sabe quién tiene abierto y quién no. Por tanto la aplicación si ve un no, no se te reconoce los atrasos porque consideras que optas a continuar con los recursos.
Unión Provincial de Toledo
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