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Se adjunta resumen de los últimos recortes impuestos por el Gobierno a los Empleados Públicos.
Con respecto a los días de asuntos particulares, vacaciones, y días de libre disposición, hay que tener en cuenta lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera del propio Decreto:
"Lo dispuesto en este Real Decreto-ley sobre vacaciones y días de asuntos particulares, días adicionales a los días de libre disposición o de similar naturaleza, no impedirá que el personal funcionario, estatutario y laboral disfrute los días correspondientes al año 2012, conforme a la normativa vigente hasta la entrada en vigor de este Real Decreto-ley.
Igualmente, lo dispuesto en este Real Decreto-ley no será de aplicación a los empleados públicos que a su entrada en vigor, se encuentren en la situación de incapacidad temporal."
CSI.F
Región de Murcia
Sede Murcia.- 968.21.81.82
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