El Ministerio anuncia una propuesta de modificación de la LOPJ, pero no ofrece muchos más datos
25 de Febrero de 2018

Con motivo de la tramitación de la proposición de ley de modificación de la LOPJ donde, entre otras cosas, se modifica el artículo 503 para volver a incluir los 9 días de asuntos particulares y a la vista de la presentación por parte de los grupos parlamentarios de la oposición de varias enmiendas, el Ministerio quiere aprovechar la ocasión para introducir una serie de modificaciones “concretas y de carácter técnico” en algunos artículos de la LOPJ. Según el Ministerio se trata de modificaciones que permitan mejorar la gestión de la Justicia que aún se están cerrando en el Ministerio, razón por la que no se nos ha facilitado borrador de propuesta alguno.

CSIF ha comunicado al Ministerio de Justicia que no hará valoración alguna sobre estas modificaciones hasta que no conozcamos su contenido que, en todo caso, se nos deberá trasladar por escrito. Sin estas dos condiciones no se puede estar hablando de una “negociación real y efectiva”.

En segundo lugar, CSIF ha recordado que la proposición de ley que se está tramitando contiene uno de los puntos más importantes del acuerdo de 2015 como es la devolución de los 9 días de asuntos cuya recuperación ya sufre un retraso de 2 años. En este sentido, CSIF reclama celeridad en la tramitación de esta para evitar contratiempos, y sin perjuicio de que puedan introducirse algunos cambios al articulado vía enmienda.

A este respecto, CSIF le ha recordado al Ministerio que durante 2013 se negoció con el Ministerio la práctica totalidad de la LOPJ y CSIF presentó un amplio catálogo de propuestas de reforma que deberían estar archivadas en el Ministerio. Por otro lado, siendo conscientes de que no estamos ante un proceso, como aquél fallido de 2013, en el que se vaya a revisar completamente la LOPJ, CSIF reiteró al Ministerio las propuestas de enmienda presentadas a los Grupos Parlamentarios:

  • Introducción de la carrera profesional entre los conceptos retributivos de la Administración de Justicia (para todos los Cuerpos Generales, especiales, Letrados, Jueces-Magistrados y Fiscales).
  • Introducción de la función de mediación como función propia de los Cuerpos generales.
  • Devolución al Ministerio de Justicia de la competencia de declaración de la jubilación.
  • Restauración de la reserva del 50% de promoción interna manteniendo la posibilidad de una promoción interna independiente igual para todos los Cuerpos incluidos el de Letrados.
  • Solución al problema de la sustitución de Letrados por Gestores suprimiendo la sustitución forzosa entre Letrados, convocando regularmente las bolsas de Letrados sustitutos y dando solución a la situación administrativa del Gestor para evitar los problemas derivados de la actual situación, especialmente, a la hora del reingreso.

Otros aspectos que CSIF va a introducir ante la propuesta del Ministerio son:

  • El abono del 100% de las retribuciones para todas las sustituciones verticales
  • La eliminación de los descuentos por IT
  • Definir los destinos establecidos en el art. 521 LOPJ para evitar los perniciosos efectos de la reforma de 2010 que CSIF no avaló con su firma.
  • Eliminación de los cuellos de botella en los procedimientos judiciales mediante la atribución legal de funciones a los Cuerpos generales, funciones que vienen asumiendo con la dudosa cobertura legal de la cláusula residual de las funciones análogas y su reconocimiento retributivo.