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RESOLUCIÓN DE LA SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN POR LA QUE SE APLICA AL PERSONAL DE LOS SERVICIOS CENTRALES DEL DEPARTAMENTO LA RESOLUCIÓN DEL SECRETARIO DE ESTADO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA DE MEDIDAS A ADOPTAR EN LOS CENTROS DE TRABAJO DEPENDIENTES DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO CON MOTIVO DE LA APROBACIÓN DEL PLAN PARA LA TRANSICIÓN HACIA UNA NUEVA NORMALIDAD.
Mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declaró el estado de alarma en el territorio nacional para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, cuyos efectos han sido prorrogados mediante Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo, hasta el próximo día 24 de mayo.
En el ámbito de la prevención de riesgos de laborales, la mayoría de indicaciones existentes están en continua adaptación y están siendo adoptadas principalmente por el Ministerio de Sanidad y el resto de autoridades sanitarias, dirigidas al conjunto de la ciudadanía por afectar a la salud pública. En el ámbito específico de los empleados públicos, se ha adoptado la Instrucción de 22 de abril, de la Secretaría General de Función Pública sobre medidas y líneas de actuación en materia de prevención de riesgos laborales frente al COVID-19 de cara a la reincorporación presencial del personal, complementada por las Orientaciones de la Dirección General de la Función Pública, de 4 de mayo para los servicios de prevención de la Administración General del Estado. Esas medidas han sido concretadas en el Plan de Contingencia de Prevención de riesgos en este Ministerio de fecha….
Por otra parte, el Gobierno ha definido el Plan para la transición hacia una nueva normalidad, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 28 de abril de 2020, que establece los principales parámetros e instrumentos para el levantamiento de las medidas establecidas en el Real Decreto 463/2020 para contener la expansión de la pandemia. Para hacer efectiva esa transición progresiva hacia la nueva normalidad en el ámbito laboral de la Administración General del Estado -con los criterios y plazos que marquen las autoridades competentes-, el Secretario de Estado de Función Pública ha adoptado una Resolución de fecha 4 de mayo de 2020.
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación ha decidido establecer, en aplicación de esta resolución, los siguientes criterios para facilitar la progresiva reincorporación de los empleados públicos del MAUC a sus puestos de trabajo en sus servicios centrales:
Las personas titulares de la Jefatura de cada Unidad, Directores/as Generales, o Subdirectores/as Generales, en su caso, cuando la dimensión de la Unidad así lo aconseje, establecerán las medidas de organización del trabajo en sus respectivos ámbitos. Dichas medidas se establecerán conforme a las siguientes pautas:
Para los que trabajen de forma presencial, la jornada de trabajo tendrá horario continuado, preferentemente de mañana, con amplia flexibilidad horaria en la entrada y salida para evitar aglomeraciones en horas punta; pudiendo ser completada en la modalidad de teletrabajo cuando ello resulte posible. Podrán establecerse turnos en horario de tarde