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Las reclamaciones dirigidas por CSI·Fal Secretario General de Instituciones Penitenciarias referentes a que en las trasferencias bancarias relativas a la nómina de personal aparece una referencia a la Administración Penitenciaria como ordenante de la misma, han sido favorablemente acogidas por éste; pues bien, como habréis podido comprobar, ya se han adoptado las medidas necesarias para que esa identificación del ordenante no aparezca en las trasferencias bancarias relativas a la nómina de personal. Se trataba de una demanda de CSI·F razonable, lógica y amparada en razones de seguridad ya que, con la anterior forma de proceder de la Administración Penitenciaria, la información relativa a la existencia de la RELACIÓN LABORAL trascendía más allá de las partes intervinientes en la misma y, por supuesto, a nadie se le puede escapar las especiales circunstancias que concurren en los empleados públicos destinados en los Establecimientos Penitenciarios, especialmente en los del País Vasco y Navarra.
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