El Ministerio de Justicia publica la oferta de plazas en comisión de servicio de la Unidad COVID 19

  • Concursos y movilidad
  • Comisiones de servicios
  • Empleo
  • Plantillas-RPT
  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Cuerpos Especiales de Justicia
  • Cuerpos Generales de Justicia
  • Otros Cuerpos de Justicia

2 de noviembre de 2020

- De tapadillo, burlando la negociación colectiva y sin información pública el Ministerio publica en su web una convocatoria de comisión de servicios de la denominada UNIDAD Covid 19.

Esta unidad, que conforme a su norma de creación, tiene carácter temporal hasta el 31 de diciembre de 2021, esta formada por 7 LAJ, 6 Gestores y 6 Tramitadores y la cobertura de plazas se realiza por comisión de servicios.

El plazo de presentación de solicitudes es de 5 días hábiles desde la publicación de la convocatoria (si bien es cierto que la convocatoria aparece firmada el 29 de octubre)

Para CSIF es lamentable que una buena iniciativa se ponga en marcha pisoteando el sentido común y los derechos fundamentales de los funcionarios de Justicia. CSIF rechaza la forma en la que se está creando esta unidad por varias razones: 

  • Primero, porque el Ministerio, el 21 de septiembre, se comprometió públicamente, a facilitar el borrador de la UNIDAD Covid con carácter previo a su aprobación para negociar sus términos y no lo han hecho. Y sí, la creación y provisión de puestos de trabajo de esta unidad, como unidad administrativa que es de apoyo a la oficina judicial,  debería haber sido objeto de negociación colectiva. 
  • Segundo, porque, en todo caso, la convocatoria sí que debería haber pasado por la mesa de negociación.
  • Tercero, porque las retribuciones establecidas, siendo más altas que las que se pagan en el ámbito Ministerio (para estos puestos sí que hay dinero parece ser) son insuficientes para retribuir el nivel de conocimientos que se establece como méritos a valorar. 
  • Cuarto, porque los méritos establecidos son tan genéricos que no va a ser posible conocer cuáles han sido tenidos en cuenta y cuáles no lo que afecta directamente al principio de mérito y capacidad. 
  • Quinto, porque el plazo de presentación de solicitudes es ridículo teniendo en cuenta que según se dice en la instrucción, se debe aportar el informe (favorable) del Superior funcional y cuando ni siquiera se han molestado en dar relevancia a la publidad de la misma, vulnerando claramente los principios de publicidad real e igualdad en el acceso a los puestos de trabajo en la Administración. 

A la vista de lo anterior, CSIF se ha dirigido al Ministerio de Justicia para que:

  • anule la resolución y convoque de forma inmediata la mesa de negociación. NO hay excusa. Ha tenido más de un mes para hacerlo desde el 21 de septiembre, incluso varios meses si tenemos en cuenta de que este proyecto se anunció antes del verano. 
  • Una vez negociada, publique una nueva resolución abriendo un plazo de como mínimo 10 días hábiles, dando la publicidad adecuada a esta medida para asegurar  el principio de publicidad y de igualdad de acceso a los puestos en la Administración pública. 

 Parece que lo sucedido en la MUGEJU no ha servido para rectificar determinadas prácticas y CSIF está estudiando acciones legales contra esta forma de proceder del Ministerio de Justicia. 

COMPARTIR