El Ministerio de Justicia aplaza la reunión sobre planes de actuación de mañana lunes

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28 de junio de 2020

- CSIF exigió el pasado viernes un documento completo y por escrito de la propuesta del Ministerio en materia de planes de actuación.

- El Ministerio se comprometió a remitir dicho documento, "a lo largo de la mañana del viernes", pero hoy domingo aún no ha llegado nada.

- Para CSIF es necesario y urgente, además, que el Ministerio presente en la mesa de negociación la ley que está preparando en materia de agilización de la Justicia con medidas procesales, tecnológicas y organizativas.

El Ministerio de Justicia se comprometió en la reunión del viernes a facilitar documentación completa y por escrito de su propuesta de planes de actuación para que los sindicatos pudiéramos presentar alegaciones debatiendo las mismas mañana lunes. 

Como esa documentación no ha llegado, CSIF y el resto de sindicatos de Justicia hemos exigido al Ministerio que respete la negociación colectiva y el artículo 34.7 del TREBEP que exige el traslado de documentación escrita durante la negociación. 

El Ministerio se ha disculpado por el retraso y ha suspendido la reunión de mañana hasta que puedan trasladar esa propuesta por escrito y fijar otra fecha. 

CSIF lleva varias semanas solicitando la negociación de los planes de actuación. La última, el pasado 17 de junio, en la que adjuntó una batería de propuestas dirigidas no sólo a afrontar lo que parece que se avecina a partir de este otoño en algunas jurisdicciones sino también, lo que hubiera quedado suspendido durante los tres meses de estado de alarma (especialmente juicios, vistas comparecencias, actos de comunicación personal etc...) 

Cuando se acaba una huelga se realizan alardes y se ponen en marcha programas de actuación para recuperar el atraso provocado por el paro en la actividad judicial. Medidas articuladas en programas de actuación con prolongaciones de jornada, dotación rápida de bajas por enfermedad o creación de refuerzos por juzgados o en servicios de apoyo transversales.

Además, CSIF ha propuesto reforzar el servicio de atención a vistas y juicios para ir reprogramando las agendas de señalamientos, reforzar los servicios de atención al público y profesionales para facilitar su trabajo dentro de las limitaciones provocadas por el coronavirus. También hemos propuesto reforzar los servicios de actos de comunicación para reactivar las notificaciones de carácter personal que exige la ley y la inversión en sistemas de comunicación telemática.  

Todas estas propuestas han sido trasladadas por CSIF al Ministerio de Justicia en varias ocasiones, se podían haber empezado a aplicar desde el 12 de mayo, si se hubieran previsto medidas de seguridad adecuadas, algunas de ellas servirían para afrontar la situación que se prevé para el próximo otoño y tampoco haría falta tocar las vacaciones de los funcionarios ni la "pseudo habilitar" días del mes de agosto.

Para CSIF es necesario tener listos planes de actuación, pero también es necesario preparar los juzgados para ese momento solucionando el atasco de expedientes suspendidos teniendo en cuenta que, desde el 13 de abril se pueden presentar todo tipo de escritos por vía telemática y que, desde el 12 de mayo se ha incorporado todo el personal de Justicia al trabajo en tiempo record.  

La información verbal que trasladó el Ministerio se puede resumir en los siguientes puntos: 

Los planes de actuación tienen alcance nacional. Sirven como mínimos y con un margen de máximos muy corto. Se están negociando paralelamente con las CCAA.

Se va a aplicar, en principio, a la jurisdicción social y a los Juzgados de lo mercantil. Los Juzgados contenciosos quedan para una segunda fase por cuanto se espera que la necesidad de agotar la vía administrativa ralentice la entrada de asuntos en una jurisdicción que, por otro lado, no tienen excesiva carga de trabajo.

Se dividen en dos fases:

  • Del 1 de septiembre al 31 de diciembre
  • Del 1 de enero al 30 de junio.

En la primera fase no se cuenta con muchos datos puesto que las estadísticas no están cerradas todavía y existe cierta dispersión de datos con las CCAA. En la segunda fase se acordarán medidas en función de los datos que vayan llegando. Se prevé tener datos entre septiembre y octubre por lo que es probable que en los dos últimos meses del año haya cambios en los programas y refuerzos a la vista de esos datos. Por otro lado, se va a hacer un seguimiento quincenal y, según dicen, con participación sindical.

El criterio utilizado para asignar, o no, medidas a los Juzgados es el que se usa para crear nuevas unidades judiciales. El límite lo marca el 30% por encima del módulo que establece como normal el CGPJ, es decir, 130% de entrada de asuntos.

Para Juzgados con menos del 130% de entrada de asuntos no hay medidas previstas. La mayor parte de Juzgados de lo social y mercantiles están incluidos en los programas y la práctica totalidad de los mercantiles están dentro del último tramo de medidas.

Para Juzgados con entre el 130% y el 150% hay previsto lo que se denomina auto refuerzo. Se trata de planes de actuación en los que, más que las horas trabajadas, son los objetivos los que marcan el cumplimiento del plan. Tienen carácter voluntario dentro del mismo órgano aunque el Ministerio no pondría reparos si algún funcionario de otro juzgado quiere reforzar (con o sin relevación de funciones) el juzgado que esté dentro del plan. Los efectivos de estos auto refuerzos están en la hoja que os enviamos ayer y también como adjunto en este correo

En el orden social, el objetivo se establece por encima de 145 asuntos al mes con resolución final excluyendo los declarados urgentes. El Consejo estima que la carga normal de un social son 100 asuntos al mes. Para LAJ, GPA, TPA y AUJ basta con que se hayan finalizado todas las actuaciones que llevan a la celebración del juicio sin que se tenga en cuenta si ha habido o no resolución definitiva.

Para Juzgados entre el 150% y el 200% y que además tengan una pendencia de 130% (1 año de retraso aprox. en términos del CGPJ) y para lo Juzgados con más del 200% de carga de trabajo. Medidas de auto refuerzo y medidas de refuerzo externo. El refuerzo externo sería como un juzgado bis itinerante con plantillas como las que figuran en la hoja adjunta.

En social, el refuerzo externo tendría un objetivo de 150 procedimientos incluyendo los declarados urgentes

En Mercantil los tramos son idénticos. No obstante, el diferente peso de los concursos sobre la tramitación de asuntos civiles lleva a asignar a los refuerzos a estos últimos reservando al personal especializado en concursos con la tramitación de éstos. Los concursos no se pueden computar “al peso” pues tardan años en resolverse como sí se puede hacer con las reclamaciones a compañías aéreas o los procedimientos de propiedad intelectual. Los objetivos se miden por porcentajes sobre el módulo normal que no han especificado.

Este plan no agota todas las propuestas del Ministerio para agilizar la Justicia, está sometido a revisión permanente. Entre otras medidas se ha comentado someramente la creación de nuevos juzgados incluso con una programación extraordinaria en relación con los órdenes jurisdiccionales más afectados y en relación con los concursos de personas físicas el CGPJ está proponiendo especializar juzgados civiles para estas materias.

CSIF se reservó las alegaciones para cuando veamos el documento completo y por escrito de los planes, pero hizo una serie de consideraciones generales.

  • El Ministerio no entró a concretar la aplicación de estos auto refuerzos o refuerzos en los que deben existir criterios objetivos y transparentes de designación y de acreditación del objetivo marcado en ellos
  • Tampoco se dice nada sobre cómo se van a retribuir los planes de actuación, el Ministerio no dijo nada siendo información esencial para poder considerar que se han negociado estos planes. 
  • Además, etodos estos planes, en el seguimiento de los mismosdeben regir el principio de transparencia y debe contarse con la participación sindical
  • Es necesario concretar el método de fijación de los objetivos y, considerar la introducción del concepto clásico de prolongación de jornada que ha funcionado hasta ahora. 
  • Hay que prever medidas para la ejecución puesto que los procedimientos no se terminan con una resolución definitiva
  • Las dotaciones de personal de los equipos de refuerzo deben revisarse al alza así como debe haber una representación de todos los Cuerpos en las medidas de auto refuerzo  ya que las funciones de cada uno de ellos son diversas.  Los criterios de selección deben ser objetivos y públicos para evitar desginaciones discrecionales. 
  • Hay que especificar cómo se adaptan estas medidas a la NOJ y a los lugares donde aún no está implantadaAdemás, nsolamente puede haber problemas en el orden social, contencioso y en los juzgados de lo mercantil.
  • Hay que prestar atención a los civiles (concursos de persona física y reclamaciones de deudas por impago) y, dentro de este orden civil, los juzgados de familiaTambién habrá que prestar atención al orden penal, especialmente, a los juzgados de violencia
  • Y para terminar, pero siendo lo más importante, debe existir un respaldo presupuestario claro como corresponde a un servicio público esencial. Este respaldo presupuestario debe ser suficiente para aplicar medidas de auto refuerzo o de refuerzo que sean necesarias para intentar regularizar el servicio en el plazo más breve posible. También hay que tener en cuenta al personal de las Fiscalías. 

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