Sobre el Profesorado Asociado y los cambios introducidos en la LOSU respecto a la temporalidad del PDI

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7 de julio de 2022

Ante la demanda de más información por parte del PDI temporal, os detallamos las medidas de última hora recogidas en la LOSU -sin negociación ni informaciónaunque algunas largamente demandadas por CSIF-, que palían la inestabilidad pero no terminan con la escandalosa precariedad de una parte importante del PDI:

  • El artículo 64 indica que "El profesorado con contrato laboral temporal no podrá superar el 8 por ciento en efectivos de la plantilla del PDI". Ahora, la LOU marca el 40% pero se incumple de manera sistemática; se da un plazo de 10 años (redacción confusa) para que el profesorado funcionario sea mayoritario. Además, la norma excluye del cómputo al Profesorado Asociado de Ciencias de la Salud (9.000 trabajadores), al Profesorado Ayudante Doctor o a los contratos en base a la Ley de la Ciencia que juntos suponen más del 20% del PDI de las universidades públicas.
     
  • El artículo 79. C) dice  que “El contrato será de carácter indefinido y conllevará una dedicación a tiempo parcial”. Esta medida es positiva para los 25.000 Profesores Asociados y supone ahorrarse un aluvión de demandas judiciales, otorgarles derechos de antigüedad, mejorar su indemnización futura y poder optar a complementos salariales por su labor docente.
  • Habrá procesos de estabilización para determinadas plazas de Profesores Asociados (Disposición transitoria séptima). Las universidades públicas deberán articular procesos de estabilización antes del 31 de diciembre de 2024, siendo el sistema de selección en estos procesos el de concurso.
  • Los Concursos para el acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios se recogen en el Artículo 71.a) la experiencia docente y la experiencia investigadora tendrán una consideración análoga en los criterios de valoración de los méritos a considerar por las universidades.
     
  • Existirán mecanismos de adaptación para determinadas figuras de PDI (Disposición transitoria octava). Durante 10 años, las universidades que tengan más de un 20 por ciento de su plantilla docente, computada en efectivos, con contratos laborales de Profesores Sustitutos, Visitantes, Distinguidos y Asociados (excluyendo al profesorado asociado de Ciencias de la Salud), implantarán los siguientes mecanismos de adaptación: 

a) Establecerán como mérito preferente, en los concursos de acceso a las plazas de Ayudante Doctor o figuras equivalentes de la normativa autonómica, haber desempeñado en la fecha de la publicación de la convocatoria actividades docentes en universidades públicas españolas durante al menos cinco cursos académicos de los últimos siete años a través de los contratos de profesorado asociado. Será cada universidad la que determine el peso de la experiencia como asociado y el Ministerio de Universidades se limita a decir que debe ser relevante.

b) Fomentarán las modalidades de contrato predoctoral para docentes no doctores que hayan estado vinculados a la universidad al menos cinco cursos académicos de los últimos siete años a través de los contratos de profesorado asociado.

c) Establecerán un programa de promoción interna a Profesorado Permanente Laboral para quienes, estando contratados con carácter indefinido y cuenten con la acreditaciónhayan desempeñado en la fecha de la publicación de la convocatoria actividades docentes durante al menos cinco cursos académicos de los últimos siete años a través de los contratos de profesorado asociado.


Valoración de CSIF:

Por fin, se adoptan algunas medidas que afectan a dos problemas claves del PDI: la precariedad y la necesaria renovación de las plantillas. Sobre este tema os avanzamos unos números muy significativos:

  • Con los últimos datos oficiales del año 2020 tenemos unos  108.700 profesores, de los cuales solo 41.700 son funcionarios.
     
  • En los próximos ocho años se va a jubilar el 53% de la plantilla.
     
  • De los 25.000 Profesores Asociados, algo más de 9.000 (36%) son doctores.
     
  • Porcentaje de profesorado asociado sobre el total de PDI: 

            Los más altos: Rovira i Virgili (58,7%), Pompeu Fabra (49,5%), Lleida (44,8%), Barcelona (43,9%), Politécnica de Cataluña (43,4%). Luego, Alicante (42,9%), Burgos (41,6%), Navarra (41,4%) y Carlos III (41,2%).
            Los más bajos: Jaén (5,5%), UNED (8,4%), País Vasco (8,5%), Cádiz (8,8%) y Santiago de Compostela (9,6%).
 

Sin embargo, estamos ante una redacción confusa y hasta traicionera:

  • Se deja en manos de cada universidad la articulación de los procesos por lo que puede haber diferencias significativas que afecten al PDI de las diferentes universidades públicas.
     
  • No compartimos que a los Asociados de Ciencias de la Salud se les excluya de los contratos indefinidos y se les mantenga en un régimen de contratos temporales.
     
  • Lamentamos que el profesorado Asociado no vaya a poder dar más de 120 horas lo que reducirá sensiblemente unas retribuciones, ya de por sí muy bajas (deberían poder impartir hasta 180 horas de docencia anuales). Además, si no se incrementan las horas, se reproducirán las demandas judiciales.
     
  • Desde CSIF consideramos que habrá un problema de recursos porque no hay una financiación específica para los procesos de estabilización ni para los presumibles costes por indemnizaciones, como tampoco existe plazo para alcanzar el 1% del PIB ni se ha incorporado el impacto económico cuando se presentó la norma. En esta situación, nos preguntamos ¿qué harán las universidades para pasar en tan poco tiempo con recursos muy limitados del 50% al 8% de contratos laborales temporales?  ¿Existe el riesgo de que se despida a muchos profesores no doctores o no acreditados tras muchos años de ejercicio?

 

7 de julio de 2022

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