CSI·F informa: Reducción de Jornada para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave y el derecho de recibir un subsidio.
27 de Abril de 2016

El Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, en adelante Real Decreto 1148/2011, concede básicamente dos derechos:

1º) Por un lado, concede una reducción de jornada de trabajo, que atiende a la denominación de situación protegida, y regulada para este caso concreto en el artículo 37.6 ET. Esta situación permite al guardador el derecho de una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario de, al menos, la mitad de la duración de aquella, para el cuidado, durante la hospitalización y tratamiento continuado, del menor a su cargo afectado enfermedad grave, que implique un ingreso hospitalario de larga duración y requiera la necesidad de su cuidado directo, continuo y permanente, acreditado por el informe del servicio público de salud u órgano administrativo sanitario de la comunidad autónoma correspondiente y, como máximo, hasta que el menor cumpla los dieciocho años.

2º) Por otro lado, para estas personas que reduzcan su jornada laboral, en al menos un 50 por ciento de su duración, también se contempla el derecho de recibir un subsidio por cuidado de menores que será proporcional al porcentaje de reducción que experimente la jornada de trabajo que disfruten las personas trabajadoras.