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El BOE del sábado 21 de marzo de 2020 recoge, en el ámbito de MUFACE, la exención transitoria de la obligación de visado previo a la dispensación de ciertos medicamentos en las oficinas de farmacia.
De igual forma, para aquellos mutualistas que no reciban asistencia sanitaria através de sistema público, se faculta a las Mutualidades para que adopten las medidas necesarias para garantizar el acceso a tratamientos con aquellos medicamentos sin cupón-precinto y que son dispensados en los servicios de farmacia de los hospitales privados concertados.
Se adjunta BOE, comunicado de MUFACE y Hoja Informativa 21 2020.
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