PRIMERA SENTENCIA EN TODA ESPAÑA RECONOCE DERECHO A FUNCIONARIO INTERINO A SER INDEMNIZADOS
10 de Julio de 2017

Nota de Prensa en la que se da cuenta de una Sentencia pionera en toda España que reconoce el derecho de un funcionario interino a ser indemnizados por cese.

“La justicia reconoce por primera vez en España el derecho a indemnización a un funcionario interino, tras su cese

La sentencia reconoce 20 días por año trabajado a un profesor funcionario interino, cesado tras una sustitución, y lo equipara a un despido por razones objetivas

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado ha conseguido una sentencia que reconoce, por primera vez en toda España, el derecho a indemnización a un funcionario interino tras su cese.

La sentencia pionera proviene del Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de La Coruña y reconoce el derecho de un docente, F.L.R, a percibir una indemnización por el periodo en el que estuvo cubriendo una sustitución. La sentencia –contra la que sólo cabe recurso ante el Tribunal Supremo-- le reconoce una indemnización de 20 días por año trabajado, similar a la que corresponde a un despido por razones objetivas, técnicas, económicas, organizativas o de producción.

Esta sentencia abre la puerta a miles de reclamaciones, por ejemplo, de profesores interinos que son cesados durante los meses de verano para reincorporarse en septiembre con el comienzo del curso escolar. Solamente en el mes de junio, fueron cesados 51.487 personas, la cifra más alta de los últimos nueve años. Pero también ocurre lo mismo en otros sectores de las Administraciones Públicas en donde la tasa de puestos cubierta por funcionarios interinos es muy alta.

Hasta la fecha, los tribunales únicamente se habían pronunciado a favor del personal laboral de las administraciones (personal contratado conforme al Estatuto de los Trabajadores), si bien aún no se reconocía este derecho a los funcionarios interinos (funcionarios que por razones de necesidad o urgencia son nombrados para cubrir plazas vacantes, realizar sustituciones o afrontar exceso de tareas o programas, como ocurre en ámbitos como la Enseñanza, la Justicia o la Sanidad). Se calcula que en España hay unas 250.000 personas en esta situación.

El juez entiende que el funcionario interino tiene el mismo derecho que los empleados temporales en régimen laboral de la Administración Pública, como sucedió en la sentencia del auxiliar administrativo Diego Porras, que motivó la llamada de atención del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

CSIF valora de manera positiva esta sentencia ganada por sus servicios jurídicos, que pone de manifiesto la necesidad de abordar de manera inmediata el proceso de estabilización del empleo público en el conjunto de las comunidades autónomas, dado que podría producirse un aluvión de reclamaciones y la saturación de los juzgados.

El caso especial en la Administración de la Xunta de Galicia

Como consecuencia de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea las indemnizaciones del personal laboral fijo y personal laboral temporal fueron equiparadas en 20 días por año trabajado.

Para evitar el tener que indemnizar a este personal en caso de cese o despido, la Xunta de Galicia, a través de la Ley de Acompañamiento de los presupuestos de la Comunidad Autónoma, modificó la Ley de Empleo Público incluyendo una Disposición por la cual se establece la “transformación en puestos de trabajo de naturaleza funcionarial de aquellos puestos vacantes que venían siendo desempeñados por personal laboral temporal”. Es decir, la Xunta con esta Disposición lo que pretende es convertir en funcionarios interinos al personal laboral temporal para evitar así el pago de las indemnizaciones en caso de despido o de amortización de los puestos de trabajo.

Y es que en la Administración General de la Xunta de Galicia el porcentaje de personal laboral temporal es muy alto, alcanza el 36% del todo el personal laboral y supone un total de 3.600 trabajadores a los que, en caso de convertirlos en interinos, no se les indemnizaría.

Pero con esta nueva sentencia que reconoce el derecho a indemnización de los funcionarios interinos los planes de la Xunta de evitar las indemnizaciones quedarían truncados pues el funcionario interino tendría la misma indemnización que el personal laboral temporal.”