- Nacional
- Andalucía
- Aragón
- Baleares
- Canarias
- Cantabria
- Castilla La Mancha
- Castilla y León
- Cataluña
- Ceuta
- Comunidad de Madrid
- Comunidad Valenciana
- Extremadura
- Galicia
- La Rioja
- Melilla
- Navarra
- País Vasco
- Principado de Asturias
- Región de Murcia
Comunidades Autónomas
Provincias
Áreas
Hoy se ha publicado en el DOE el DECRETO 63/2019, de 28 de mayo, por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2020.
Las fiestas laborales retribuidas y no recuperables serán las siguientes:
(*) Los descansos laborales correspondientes a los días 1 de noviembre y 6 de diciembre de 2020 se disfrutarán, respectivamente, los lunes días 2 de noviembre y 7 de diciembre de 2020, por coincidir dichas fiestas en domingo.
Con carácter de fiestas locales, dos días más inhábiles para el trabajo, que serán determinados por la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo, a propuesta del órgano competente del Ayuntamiento respectivo.
BADAJOZ: C/ Vasco Núñez, 58 CP 06001 Tlf: 924221488/9 Fax: 924220061
CÁCERES: Avd. Virgen de Guadalupe, 20 sótano 3 CP 10001 Tlf: 927626609 Fax: 927212999
CORIA: Avda. Virgen de Argeme, 33, bajo CP 10800 Tlf: 927501616 Fax: 927501685
MÉRIDA: Avd. de Alange, 5 CP 06800 Tlf: 924310000 Fax: 924317261
NAVALMORAL: C/ Río Duero, 2 CP 10300 Tlf: 927535819 Fax 927535191
PLASENCIA: C/ Sor Valentina Mirón, 43 CP 10600 Tlf: 927413698 Fax: 927415730
VVA. SERENA: C/ Lares, 3 CP 06700 Tlf: 924849181 Fax: 924849180
ZAFRA: C/ Gregorio Fernández, 22-A CP 06300 Tlf: 924563434 Fax: 924555649
Desarrollado por Lansoft. CSIF ® 2015 Todos los derechos reservados.