CSIF exige tiempo suficiente para la compensación de días en los Centros del SEPAD

  • Normativa
  • Otra normativa
  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Funcionario
  • Laboral

16 de enero de 2023

Desde CSIF hemos puesto en conocimiento a la Secretaría General de Sanidad y Servicios Sociales que, a varios Centros Residenciales dependientes del SEPAD, les han comunicado a los trabajadores el plazo límite para el disfrute de días por festivos.

Teniendo en consideración que en estos centros por sus características y por la falta de personal, se hacen asiduamente necesidades de servicio, no es de recibo establecer una fecha límite tan corta para el disfrute de los mismos ya que a veces la conciliación personal de los trabajadores está perjudicada por esas necesidades.

De hecho, en la nota que se les ha enviado a dichos Centros con las instrucciones para que se disfrute de los días que tienen pendientes, la propia dirección del centro ya hace referencia a posibles necesidades de servicio cuando solamente dan un mes para el disfrute de los festivos de diciembre, lo que volvería a causar problemas en la conciliación familiar de los trabajadores afectados.

Al ser un plazo de tiempo tan corto, que no está regulado en ninguna normativa, el plazo debe ser, como mínimo, de cuatro meses, similar al establecido en el artículo 20 del V Convenio Colectivo para el Personal Laboral, o al establecido en sentido contrario en el Acuerdo de Flexibilización.

Es por todo ello, que hemos solicitado mediante escrito que se den instrucciones a los Centros Residenciales respecto al plazo de disfrute de estos días, para que todos tengan los mismos plazos, y se eviten desigualdades entre unos centros y otros. 

ARCHIVOS ADJUNTOS

COMPARTIR