MODELOS ADMINISTRATIVOS Y PLANTILLAS (RECURSOS, FORMULARIOS, MUFACE, ETC.)

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23 de mayo de 2013

MODELOS Y PLANTILLAS

ENLACES DE INTERÉS

Documentación funcionarios de carrera que vienen de otras comunidades

Ficheros de la documentación que deberán aportar en esta Dirección de Área Territorial, el Profesorado que viene por CONCURSO GENERAL DE TRASLADOS o Comisión de Servicios, en ambos casos procedente de otras CCAA.

Para formalizar el nombramiento, los funcionarios deberán presentar la siguiente documentación:

A Los funcionarios les es de aplicación, en las mismas condiciones que al resto de los trabajadores de la administración pública, la ley 53/84 de incompatibilidades.

Documentación nombramiento funcionario interino

NOMBRAMIENTOS DE INTERINOS/AS DOCENTES (INFORMACIÓN Y DESCARGA DE DOCUMENTOS)

Para formalizar un nombramiento, los aspirantes deberán acudir con la siguiente documentación:

  • 2 fotocopias del DNI
  • 1 fotocopia de la cartilla de la Seguridad Social o tarjeta de afiliación a la Seguridad Social.
  • Datos bancarios.
  • Titulo académico y fotocopia
  • Exclusivamente para los maestros de la especialidad de inglés: certificación académica de notas de la universidad
  • Copia del Certificado de Aptitud Pedagógica, Master del profesorado o documento equivalente (sólo para las especialidades de Cuerpos de Enseñanzas Secundarias que lo requieren).

Documentos que acrediten su habilitación (estar en posesión del titulo correspondiente de la especialidad a impartir, Curso de especialización por las Universidades, haber impartido durante dos cursos completos la especialidad en centros públicos, haber superado la primera prueba completa de la oposición, etc.).

Si algún aspirante a interidades, no estuviera en posesión de la habilitación correspondiente, no se podrá formalizar su nombramiento.
Ningún funcionario interino puede formalizar un nombramiento si está de baja por enfermedad o licencia por maternidad.
Si alguien está en situación de licencia maternal y aun no ha cumplido seis semanas después del parto, no puede renunciar a lo que le queda de su maternidad y formalizar nombramiento, solamente pueden renunciar al resto de maternidad y obtener un nombramiento de interino aquellas personas que hayan disfrutado de licencia maternal al menos seis semanas después del parto.

Aquellos que hayan trabajado en el curso anterior en una DAT, en la misma especialidad y cuerpo, y no hayan modificado sus datos, será suficiente con que presenten 2 copias del DNI.
Además, en estas dependencias tendrá que rellenar los siguientes impresos (puede descargarlos y traerlos ya rellenos):

  • Ficha de personal para funcionarios interinos. Puede rellenarla e imprimirla desde este enlace

  • Declaraciones juradas sobre no separación del servicio público e incompatibilidades. Puede rellenarlas e imprimirlas desde este enlace

  • Documento oficial de variación del porcentaje de IRPF, modelo 145 (enlace en la A.E.A.T.) Actualizado a 2012.

    CAUSAS DE RENUNCIA JUSTIFICADAS

  • Estar de baja médica o licencia maternal

  • Tener un hijo menor de 1 año. Solicitará el reingreso antes de que el niño cumpla el año, y si se acoge a esta causa de fuerza mayor no podrá formalizar el primer nombramiento de interino que se le ofrezca. Sólo podrá alegar esta causa una vez por cada hijo.

  • Estar en lo que en los funcionarios de carrera son Servicios Especiales (cargo político en Ayuntamientos, Organismos Internacionales, etc.)

  • Estar matriculados en estudios conducentes a la obtención de la titulación necesaria para el ejercicio de la docencia en alguna nueva especialidad.

  • Tener algún contrato con prestaciones de tipo docente con la Comunidad de Madrid

NOTA: A los funcionarios interinos les es de aplicación, en las mismas condiciones que al resto de los trabajadores de la Administración Pública. la Ley 53/84 de incompatibilidades.
 

Documentación nombramiento funcionarios en prácticas

NOMBRAMIENTOS DE FUNCIONARIOS EN PRÁCTICAS SELECCIONADOS EN LOS PROCESOS SELECTIVOS

Para formalizar el nombramiento, los funcionarios deberán presentar la siguiente documentación:

Es posible realizar el alta online en MUFACE si dispone de firma electrónica o se registra en la Web de MUGACE a través de esta dirección y eligiendo primero: "Servicios Electrónicos", y luego la opción "Afiliación a MUFACE". Ésta opción suele estar disponible en el mes de septiembre, cuando reciba de Recursos Humanos el fichero con los datos de las personas que han superado el proceso selectivo.

En caso de urgencia y siempre a partir del 1 de septiembre, puede rellenar los documentos siguientes y PRESENTARLOS DIRECTAMENTE EN LA OFICINA DELEGADA DE MUFACE, situada en Pº de la Castellana, 86 2ª, teléfono 912734804.

Los funcionarios en prácticas, a partir del año 2012, necesitan estar afiliados en la Seguridad Social para las cotizaciones de jubilación, por lo que aquellos que NUNCA hayan trabajado, deberán obtener su afiliación en cualquiera de las tesorerías que se indican AQUÍ.

A los funcionarios en prácticas les es de aplciación, en las mismas condiciones que al resto de los trabajadores de la Administración Pública, la Ley 53/84 de incompatibilidades.

Enlace a MUFACE

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