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En esta situación excepcional, provocada por el confinamiento para evitar el contagio del virus COVID19, únicamente podemos educar y evaluar a través de medios electrónicos, de modo que es posible intercambiar contenido audiovisual entre profesores y alumnos, con las precauciones necesarias para hacerlo de manera segura.
El presente documento tiene por finalidad dar respuesta a varias cuestiones frecuentes en el momento presente:
¿Se puede grabar al alumnado durante la realización de actividades educativas no presenciales, y en especial si éstas van a servir como instrumento de evaluación?
¿Se necesita previamente solicitar consentimiento expreso del alumno o de sus tutores legales para ello?
¿A través de qué plataformas pueden realizarse estas grabaciones?
Las grabaciones de las pruebas de evaluación, ¿pueden realizarse en el domicilio del
alumno?
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