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Extracto de la Resolución de 23 de julio de 2019 de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan subvenciones a empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante en edad de escolarización obligatoria para el curso escolar 2019-2020.
BDNS(Identif.):471451
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
1.º - Beneficiarios: Empresas y/o empresarios individuales, legalmente constituidos, dedicados a la actividad circense, cuya itinerancia sea permanente durante el período escolar lectivo.
2.º - Finalidad: Atención educativa de los niños que, por desplazarse con los circos, no pueden asistir con regularidad a un centro educativo ordinario.
3.º - Bases reguladoras: ORDEN ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva (BOE del 12 de mayo).
4.º - Importe: Importe total de la convocatoria: 60.000 euros. Cuantía máxima individual de subvención por circo: 3.000 euros.
5.º - Plazo de presentación de solicitudes: Diez días naturales, a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 23 de julio de 2019.- El Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, Alejandro Tiana Ferrer.
Corrección de errores del Extracto de la Resolución de 23 de julio de 2019, por la que se convocan subvenciones a empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante en edad de escolarización obligatoria para el curso escolar 2019-2020.
BDNS(Identif.):471451
Detectado error en el apartado quinto del anuncio del Extracto de Resolución de 23 de julio de 2019, por la que se convocan subvenciones a empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante en edad de escolarización obligatoria para el curso escolar 2019-2020, publicado en el BOE 208, de 30 de agosto de 2019, se procede a la oportuna corrección:
donde dice: "naturales"
debe decir: "hábiles".
Madrid, 3 de septiembre de 2019.- El Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, Alejandro Tiana Ferrer.