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De conformidad con nuestra información sobre la mesa del pasado 21 de septiembre, la Gerencia de la MUGEJU presentó una nueva propuesta con unas relaciones de puestos de trabajo bastante distintas de las anuladas por sentencia del Tribunal Supremo.
Tal y como venía exigiendo CSIF desde el inicio de este asunto en el año 2019, el Ministerio de Justicia presentó una propuesta en la que se amplían notablemente el número de puestos de trabajo genéricos respecto de las relaciones de puestos de trabajo objeto de anulación. Sobre un total de 112 plazas se ha pasado de 45 puestos genéricos iniciales a los 70 que figuran en la nueva propuesta. (Adjuntamos ambos textos de rpts, las publicadas en el boe y anuladas por el TS y la propuesta de la nueva gerencia de la mutualidad)
Además, en la propuesta a requerimiento de CSIF se recogen la distribución de los puestos de trabajo por áreas de actividad lo que, sin duda, contribuye a dar mayor transparencia a este importante documento de organización interna de la MUGEJU.
Desde CSIF valoramos positivamente la disposición del nuevo Gerente a negociar estas relaciones de puestos de trabajo cuya puesta en marcha debe ser inmediata ofreciéndose las plazas resultantes a los concursos correspondientes, específicos o genéricos (incluso ampliando las plazas del concurso ordinario vigente) y en cuya implantación debe también garantizarse la continuidad del funcionamiento normal de la MUGEJU teniendo en cuenta las peculiaridades de las funciones y de los objetivos de la mutualidad.
Sin perjuicio de las alegaciones presentadas por escrito para esta segunda reunión, (que puedes consultar en nuestra web) durante la misma CSIF defendió, entre otras, las siguientes alegaciones:
A este respecto, hay que señalar que los puestos de trabajo singularizados en los que sólo se asignan méritos evaluables están abiertas a cualquier persona tenga o no esos méritos y, en caso de empate a puntos, la plaza se resuelve en favor del más antiguo en el escalafón. Incluso si se diera el caso de que ninguno de los candidatos tuviera méritos valorables, el puesto se ocuparía por orden de escalafón y no quedaría desierto.
A este respecto sobre el total de 42 puestos singularizados, 34 son puestos para los que sólo se fija una valoración de méritos y sólo para 8 se piden unos requisitos que si no se tienen impiden optar al puesto de trabajo.
Sin embargo, en relación con los puestos genéricos y singularizados lo verdaderamente esencial es que se potencie la formación teniendo en cuenta las peculiaridades del trabajo en la MUGEJU.
Formación previa, dentro de los programas de formación oficiales que permita a los interesados mejorar sus capacidades y acreditar méritos y, formación inicial y continua, tras la toma de posesión de un puesto de trabajo en la mutualidad. Sólo con la formación se puede garantizar la continuidad de la MUGEJU incrementando el valor del personal de Justicia en este organismo autónomo.
Por otro lado, CSIF solicitó la creación de la delegación de La Rioja y la revisión de las plantillas del resto de delegaciones sobre la base de una planificación de recursos humanos que permita ofrecer un servicio próximo a los mutualistas.
Además, CSIF solicitó que se haga público el censo de personal colaborador y que se retribuya esta función de forma digna, así como que, las sustituciones por ausencia del titular de la delegación se cubran de oficio y se retribuya la sustitución en estos casos.