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Durante el estado de alarma ni las Gerencias ni las CCAA con competencias habían practicado descuento alguno en las nóminas de este personal debido a la extraordinaria situación derivada de la COVID 19 y el confinamiento. No obstante, con la finalización de este periodo la tramitación de los expedientes de MUGEJU ha vuelto a la normalidad y, ahora, se hace imprescindible solicitar dicho complemento cuando se alcanza el 7º mes de baja a la mutualidad.
Esta obligación de solicitar este complemento alcanza tanto a quienes en la actualidad siguen de baja como a aquéllos que habiendo llegado a esos 181 días de baja durante los meses de confinamiento, han vuelto a la situación de alta médica con posterioridad.
Para CSIF esta nota interna fechada el 31 de julio, dado su interés, debería haberse dirigido a todos los mutualistas o, al menos debería haberse colgado en la web de la MUGEJU cosa que a las 10.52 del día 5 de agosto, aún no se ha hecho.