- Nacional
- Andalucía
- Aragón
- Baleares
- Canarias
- Cantabria
- Castilla La Mancha
- Castilla y León
- Cataluña
- Ceuta
- Comunidad de Madrid
- Comunidad Valenciana
- Extremadura
- Galicia
- La Rioja
- Melilla
- Navarra
- País Vasco
- Principado de Asturias
- Región de Murcia
La Ley 23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social, publicada en el BOE, introduce un nuevo mecanismo en las pensiones de jubilación (el factor de sostenibilidad) y modifica el índice de revalorización de las pensiones, que ya no va a tomar como base el IPC.
En cuanto al factor de sostenibilidad — instrumento que vincula el importe de las pensiones de jubilación a la evolución de la esperanza de vida de los pensionistas— se aplicará una sola vez (en el momento inicial del cálculo de la pensión) para las prestaciones por jubilación que se generen a partir de 1 de enero de 2019.
Por lo que al índice de revalorización de las de las pensiones en su modalidad contributiva y pensiones de clases pasivas se refiere, el resultado obtenido al aplicar la fórmula establecida en la Ley en ningún caso podrá dar lugar a un incremento anual de las pensiones inferior al 0,25% por ciento ni superior a la variación porcentual del IPC del año anterior más el0,50%.
(Un alza mínima del 0,25% nominal en todas las cuantías, y un alza máxima del IPC más un 0,5% en los ejercicios en los que haya disponibilidad presupuestaria por la buena marcha de la economía y de las finanzas públicas)
La ley entrará en vigor el 27 de diciembre de 2013, si bien el factor de sostenibilidad empezará a aplicarse a las pensiones de jubilación que se causen a partir de 1 de enero de 2019.