ULE. Concurso público para la provisión de plazas de personal docente e investigador contratado en la figura de Profesor Contratado Doctor Básico Fijo. BOCYL 27/04/2022.

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  • Oposiciones
  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Personal de Universidad

27 de abril de 2022


UNIVERSIDAD DE LEÓN

RESOLUCIÓN de 18 de abril de 2022, del Rectorado de la Universidad de León, por la que se convoca concurso público para la provisión de plazas de personal docente e investigador contratado en la figura de Profesor Contratado Doctor Básico Fijo.


 

I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

B. AUTORIDADES Y PERSONAL

B.2. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE LEÓN

RESOLUCIÓN de 18 de abril de 2022, del Rectorado de la Universidad de León, por la que se convoca concurso público para la provisión de plazas de personal docente e investigador contratado en la figura de Profesor Contratado Doctor Básico Fijo.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (B.O.E. de 13 de abril) y a tenor de lo establecido en el Estatuto de la Universidad de León, aprobado por Acuerdo 243/2003, de 23 de octubre, de la Junta de Castilla y León (B.O.C. y L. de 29 de octubre).

Este Rectorado, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y 80 k del Estatuto de la Universidad de León, en ejecución de la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el año 2021, publicada mediante Resolución de 19 de julio de 2021 (B.O.C. y L. de 27 de julio) y obtenida la correspondiente autorización de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, con fecha 8 de julio de 2021, ha resuelto convocar, para su provisión mediante concurso público, las plazas de personal docente e investigador contratado fijo en régimen de derecho laboral que se indican en el Anexo I, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de León e incluidas en su vigente relación de puestos de trabajo, con sujeción a las siguientes bases.

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Régimen Normativo Aplicable.

1.1. Esta convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (B.O.E. de 24 de diciembre), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (B.O.E. de 13 de mayo), en adelante LOMLOU, en el Decreto 67/2013, de 17 de octubre, por el que se desarrolla la regulación del régimen del personal docente e investigador contratado de la Universidades Públicas de Castilla y León (B.O.C. y L. de 21 de octubre), en el Estatuto de la Universidad de León aprobado por Acuerdo 243/2003, de 23 de octubre, de la Junta de Castilla y León (B.O.C. y L. de 29 de octubre), en el Reglamento por el que se regulan los concursos para la provisión de plazas de Personal Docente e Investigador Contratado Laboral Fijo, aprobado por el Consejo de Gobierno de 2 de abril de 2009 (B.O.C. y L. de 11 de mayo) en su versión actualizada aprobada por el Consejo de Gobierno de fecha 29 de julio de 2020 (B.O.C. y L. de 28 de septiembre) (en adelante RPDILF), en las disposiciones de desarrollo de las normas anteriores, y en el II Convenio Colectivo del PDI contratado en régimen laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León (B.O.C. y L. de 18 de mayo de 2015) (en adelante II Convenio Colectivo PDI), así como por lo dispuesto en las presentes Bases.

1.2. Asimismo, resultarán de aplicación supletoria a estos procedimientos selectivos las disposiciones vigentes que regulan el régimen general de ingreso del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

1.3. En materia de procedimiento, en todo lo no específicamente recogido en esta convocatoria y en el RPDILF, habrá de estarse a cuanto dispone la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (B.O.E. de 2 de octubre) en adelante LPACAP y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (B.O.E. de 2 de octubre), en adelante LRJSP.

1.4 El plazo máximo para resolver el proceso selectivo es de cuatro meses. A los efectos de este plazo, no se computará el mes de agosto que, no obstante, será hábil para todas las actuaciones de sus procedimientos.

2. Régimen de los contratos.

2.1. Los contratos que suscribirán los aspirantes que resulten seleccionados como Profesores Contratados Doctores Básicos serán en régimen de derecho laboral y se regirán por lo dispuesto en la base 1.1 y en la legislación laboral que les sea aplicable.

2.2. El régimen de dedicación de los contratos será a tiempo completo.

2.3. Las referencias que para cada plaza contenga el Anexo I de la convocatoria, en relación con las obligaciones docentes e investigadoras a asumir por el adjudicatario, no supondrán en ningún caso para quien obtenga la plaza derecho de vinculación exclusiva a esa actividad docente ni investigadora, ni limitará la competencia de la Universidad para asignarle otras obligaciones docentes o investigadoras dentro de la misma área de conocimiento. Del mismo modo, la referencia al Centro en el que deberá desarrollar la actividad no supondrá el derecho a no ejercer actividad docente o investigadora en otro Centro dependiente de la Universidad, ni aún en el caso de que se halle radicado en localidad distinta.

2.4. Las retribuciones íntegras anuales de cada una de las plazas serán las que en cada momento rijan en la Universidad de León (Anexo VI).

3. Requisitos de los concursantes.

Podrán presentarse a estos concursos las personas que reúnan los siguientes requisitos generales y específicos:

3.1. Requisitos generales.

  • a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, personas que gozarán de idéntico tratamiento y con los mismos efectos que los nacionales españoles.
  • Estas previsiones serán también de aplicación a los nacionales de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se encuentra definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
  •  
  • Los contratos de profesorado en régimen de derecho laboral no estarán sujetos a condiciones o requisitos basados en la nacionalidad. Esta posibilidad se entenderá siempre condicionada a que los aspirantes de nacionalidad extranjera se encuentren en situación de legalidad en España, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.
  • b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa.
  • c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a la categoría docente de Profesor Contratado Doctor en la figura contractual de que se trate.
  • d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme. En el caso de los aspirantes que no posean la nacionalidad española, el cumplimiento de este requisito comportará no hallarse sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.
  • e) Para todas las plazas, será requisito tener un conocimiento suficiente, oral y escrito, del idioma castellano.
  • Si en el proceso selectivo no resultara acreditado el conocimiento del idioma castellano por parte de alguno de los concursantes, las respectivas Comisiones de Selección acordarán su exclusión del concurso. Contra la exclusión, podrá reclamar el excluido ante la propia Comisión, solicitando la realización de una prueba de idioma. Si se solicita, la Comisión acordará la realización de la prueba, notificando al excluido el día, hora y lugar de realización, solicitando del Sr. Rector Magfco. la designación de un asesor técnico.
  • f) Asimismo, será requisito para ser contratado, y para el posterior ejercicio de la actividad, el cumplimiento de lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y sus disposiciones de desarrollo, y en el Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Incompatibilidades de personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

3.2. Requisitos específicos:

  • a) Estar en posesión del Título de Doctor. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o reconocimiento en España, de conformidad con la legalidad vigente.
  • b) La contratación exigirá, en todo caso, la previa evaluación positiva de su actividad para la categoría de la plaza por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de Calidad y Acreditación, o de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Castilla y León, en los términos previstos en sus respectivas disposiciones, o de cualquier otro órgano público de evaluación que las Leyes de otras Comunidades Autónomas determinen, siempre que exista convenio o concierto con la Comunidad de Castilla y León.
  •  
  • La posesión de los requisitos generales y específicos exigidos se hallará referida siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes de participación y se mantendrá a lo largo de todo el proceso selectivo hasta la formalización del contrato.
  • c) El acceso a la categoría de Profesor Contratado Doctor se hará primeramente como Profesor Contratado Doctor Básico.

4. Solicitudes.

4.1. Quienes estén interesados en tomar parte en los concursos formalizarán su solicitud en el modelo normalizado de instancia que se adjunta como Anexo II, que será facilitado en el Registro General Central de la Universidad de León, en las Unidades de Registro ubicadas en los Campus de León (Vegazana) y de Ponferrada, o se podrá descargar de la Web de la Universidad de León (http://www.unileon.es).

4.2. Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector Magfco. de la Universidad de León en el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de esta resolución. Podrán ser presentadas en el Registro General Central de la Universidad de León (Avda. de la Facultad n.º 25 24004-León), en el Registro Desconcentrado del Registro General (Campus de Vegazana) o en la Unidad de Registro ubicada en el Campus de Ponferrada. En todo caso, las solicitudes de participación podrán presentarse en la forma establecida en el artículo 16.4 de la LPACAP. Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para que el empleado de Correos pueda estampar en ellas el sello de fechas antes de su certificación. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al Registro General de la Universidad de León.

4.3. Los aspirantes acompañarán a sus solicitudes la documentación que se especifica en este apartado. Su no aportación en el plazo de presentación de instancias, o en el de subsanación, concedido al efecto, determinará la exclusión del aspirante.

  • – Fotocopia del documento nacional de identidad para los aspirantes que posean la nacionalidad española.
  • Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten su derecho a presentarse. Los documentos que así lo precisen deberán presentarse traducidos al español y, en su caso, legalizados.
  • – Acreditación del abono de los derechos de examen, de no constar en la instancia.
  • – Fotocopia del título de Doctor. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, documentación que acredite su homologación o reconocimiento.
  • – Fotocopia compulsada de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos específicos que se señalan en la base 3.2.
  • – Currículum vitae, en el que los solicitantes detallarán cada uno de los méritos que alegan para su valoración. Se ajustará al modelo que se adjunta como Anexo V y deberá constar la firma del solicitante en cada una de las páginas.

4.4. Los derechos de examen serán de 42 euros, que se ingresarán en la cuenta de ingresos de derechos de examen de la Universidad de León, número ES02 2103 4200 3000 3200 1227, de Unicaja Banco.

En la solicitud de participación deberá constar la acreditación del ingreso de los derechos de examen en la entidad bancaria correspondiente, incluyendo el sello de la misma. En otro caso, deberá adjuntarse a la solicitud el comprobante bancario de haberlos satisfecho.

En ningún caso, la presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación de la solicitud, en tiempo y forma, ante el órgano expresado en la base 4.2.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

  • a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición, expedido por los órganos competentes en materia de servicios sociales.
  • b) Las personas que sean miembros de familiar numerosas que tengan reconocida tal condición conforme a la normativa de aplicación vigente, los cuales deberán acompañar a la solicitud fotocopia del Título de familia numerosa.
  • c) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación de encontrarse exento de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

5. Listas provisionales y definitivas de admitidos.

5.1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, en el plazo máximo de un mes, el Servicio de Recursos Humanos hará pública en el Boletín Oficial de Castilla y León, en el tablón de anuncios de Rectorado y en la página Web de la Universidad de León, la resolución del Sr. Rector Magfco. o del Vicerrector en materia de Profesorado en quien delegue, por la que se aprueban las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las distintas plazas convocadas, incluyendo los apellidos, nombre y DNI de todos ellos.

Las listas de aspirantes excluidos contendrán, la causa o causas que hayan motivado la exclusión de cada aspirante.

5.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del señalado plazo, no subsanen los motivos de exclusión o no aleguen frente a la omisión producida, justificando su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.

5.3. Transcurrido el plazo de subsanación, se publicarán en el Boletín Oficial de Castilla y León, en el tablón de anuncios del Rectorado y en la página Web de la Universidad de León las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos.

En la misma Resolución, se harán públicos las fechas, lugares y horas de los actos de constitución de la Comisión de Selección y de presentación de los concursantes, con un plazo de al menos diez días naturales para este último. El acto de presentación deberá realizarse en el mismo día de la constitución o en el siguiente día hábil.

5.4. Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan sido definitivamente excluidos de estas pruebas selectivas. A tal efecto, el reintegro se realizará de oficio, siempre que el aspirante excluido comunique un número de cuenta bancaria en la que realizar la devolución.

5.5. La resolución que eleve a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y contra ella los aspirantes podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de León en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León. Potestativamente, podrán interponer recurso de reposición ante el Sr. Rector Magfco. en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrán interponer el recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta la resolución expresa o desestimación presunta del de reposición.

6. Comisiones de selección.

6.1. Las Comisiones de Selección estarán formadas por los miembros que figuran en el Anexo III de la presente resolución, cuyo nombramiento se efectúa por este Rectorado conforme al procedimiento y con los requisitos establecidos en el artículo 7 del RPDILF.

6.2. El nombramiento como miembro de una Comisión de Selección es irrenunciable (una vez aceptada la propuesta por los profesores ajenos a la Universidad de León), salvo cuando exista causa justificada que impida su actuación como miembro de la misma. En este supuesto, la apreciación de la causa alegada corresponderá al Sr. Rector Magfco., que podrá delegar en el Sr. Vicerrector competente en materia de Profesorado.

6.3. En todo caso, los miembros de las Comisiones deberán abstenerse de intervenir cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la LRJSP, debiendo hacer manifestación expresa de la causa que les inhabilita.

6.4. A partir del día siguiente a la publicación del nombramiento de las distintas Comisiones de Selección, y salvo que en este momento no conocieran la circunstancia inhabilitante, los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para recusar a los distintos miembros de las Comisiones de Selección, en el caso de que se diera alguno de los supuestos previstos en el artículo 23 de la LRJSP.

El recusado deberá manifestar en el día siguiente al de la fecha de conocimiento de su recusación si se da o no en él la causa alegada.

Si el recusado negara la causa, el Sr. Rector Magfco. resolverá en el plazo de tres días hábiles, previos los informes y comprobaciones que considere oportunos. El incidente de recusación, hasta su resolución, suspenderá el proceso selectivo.

6.5. En los casos de abstención, recusación o renuncia de alguno de los miembros de la Comisión Titular, serán sustituidos por sus respectivos suplentes.

En el caso excepcional de que también en el miembro suplente concurriera alguno de los casos citados anteriormente, se procederá a nombrar nuevo suplente por la Universidad, por el procedimiento previsto en el artículo 7.1 del RPDILF.

6.6. Los miembros de las Comisiones de Selección tendrán derecho al percibo de asistencias, gastos de viaje y dietas de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo (BOE del 30 de mayo), sobre indemnizaciones por razón del servicio. A estos efectos, las Comisiones de Selección tendrán la categoría primera de las señaladas en el artículo 30 del citado Real Decreto.

7. Reglas generales de actuación de las comisiones de selección.

7.1. La constitución de la Comisión exigirá la presencia de la totalidad de sus miembros. Los miembros titulares que no concurrieran al citado acto cesarán y serán sustituidos por sus respectivos suplentes.

7.2. Una vez constituida la Comisión, y para los sucesivos actos, en caso de ausencia del Presidente, éste será sustituido por el Profesor de mayor categoría y antigüedad de los que componen la Comisión, con prelación de los funcionarios de cuerpos docentes universitarios por el siguiente orden: Catedrático de Universidad, Profesor Titular de Universidad o Catedrático de Escuela Universitaria y Profesor Titular de Escuela Universitaria. En caso de ausencia del Secretario, éste será sustituido por el Profesor de menor categoría y antigüedad de los que componen la Comisión.

7.3. Para que la Comisión pueda actuar válidamente será necesaria la participación de, al menos, tres de sus miembros, incluidos el Presidente y el Secretario.

7.4. Los miembros de la Comisión que estuvieran ausentes en alguna de las pruebas correspondientes a algunos de los concursantes cesarán en su calidad de miembros de la misma, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran haber incurrido.

7.5. Si una vez comenzada la primera prueba, la Comisión quedara con menos de tres miembros, se procederá al nombramiento de una nueva Comisión por el procedimiento establecido en el RPDILF y en la que no podrán incluirse los miembros de la primera que hubieran cesado en esta condición.

7.6. Las Comisiones tomarán sus acuerdos por mayoría, y en caso de empate decidirá el voto del Presidente, no pudiendo abstenerse ninguno de sus miembros. Las deliberaciones tendrán carácter secreto.

7. Las Comisiones de Selección, en cuanto órganos de selección de personal, gozarán de autonomía funcional y se hallarán facultadas para resolver las cuestiones no previstas en las respectivas bases de la convocatoria, así como para adoptar aquellos acuerdos necesarios para llevar a buen fin los procesos selectivos.

7. Sus actuaciones se hallarán sometidas a la LPACAP y la LRJSP y, a efectos de impugnación de sus decisiones, se considerarán dependientes del Sr. Rector Magfco., órgano que efectúa su nombramiento.

8. Constitución de la comisión.

8.1. Las Comisiones se constituirán, por convocatoria de su Presidente, en la fecha publicada en la resolución definitiva de admitidos y excluidos, debiendo adoptar en ese acto los siguientes acuerdos:

  • a) Aprobar el baremo de las pruebas, que contendrá necesariamente lo siguiente:
    • • Puntuación máxima y mínima de cada una de las pruebas. La primera prueba deberá tener un valor igual o superior a la segunda, no pudiendo tener más del doble de la puntuación máxima de esta.
    • • Criterios que, de entre los previstos el artículo 9 del RPDILF, se utilizarán para la valoración de cada una de las pruebas.
    • • Puntuación máxima y mínima otorgable en cada uno de los criterios fijados, especificando cuanto se precise para realizar una valoración objetiva de los mismos. La puntuación aplicable a los méritos de investigación no podrá ser inferior al 30 por ciento del total de la puntuación de la primera prueba.
    • • Puntuación mínima necesaria para superar cada una de las pruebas por separado. Los aspirantes que no alcancen esa puntuación mínima en cada prueba quedarán eliminados del proceso selectivo.
  • b) Fijar la fecha de realización de la primera prueba, que necesariamente deberá ser el mismo día del acto de presentación o el siguiente día hábil.
  • c) Acordar cuantas instrucciones sobre la celebración de las pruebas deban ser comunicadas a los participantes en el concurso.

8.2. Estos acuerdos de la Comisión deberán ser hechos públicos, al finalizar el acto de constitución, en el tablón de anuncios del edificio o instalación en que se realicen las pruebas.

9. Criterios objetivos de valoración para la adjudicación de las plazas.

Los criterios de evaluación de las pruebas a que se refiere el artículo anterior serán determinados por la Comisión de acuerdo con los siguientes criterios:

1. Para la evaluación de la primera prueba:

Se tendrán en cuenta los méritos relacionados en el Anexo IV (85%) y las capacidades del candidato para la exposición, defensa y debate ante la Comisión (15%).

2. Para la evaluación de la segunda prueba:

  • a) Adecuación de la Programación Docente presentada por el candidato al perfil especificado en la convocatoria (20%).
  • b) Valoración de los aspectos metodológicos y programáticos de la materia o materias objeto del concurso (20%).
  • c) Adecuación del proyecto investigador al perfil especificado en la convocatoria (20%).
  • d) Viabilidad del proyecto investigador (20%).
  • e) Capacidades del candidato para la exposición, defensa y debate ante la Comisión (20%).

10. Acto de presentación.

10.1. En el acto de presentación, que será público, los aspirantes entregarán al Presidente de la Comisión, la siguiente documentación:

  • a) Currículum vitae (Anexo V de esta convocatoria), por quintuplicado, y un ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos de lo consignado en el mismo.
  • Solo se valorarán los méritos que se acrediten a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • Los aspirantes deberán presentar una relación numerada de todos los documentos que presenten, y hacer figurar en cada uno su número de forma bien visible.
  • Todos los documentos que, por su volumen lo permitan, deberán presentarse agrupados con algún tipo de encuadernación, ordenados por número.
  • No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados o reproducidos totalmente de algún modo, bastando la declaración expresa y responsable del interesado sobre la autenticidad de los mismos.
  • Las Comisiones de Selección podrán solicitar de los concursantes, en cualquier momento anterior a la propuesta de nombramiento, la verificación de los extremos recogidos en la documentación presentada, así como cuantas precisiones estimen oportunas.
  • En todo caso, concluido el proceso selectivo, la formalización de los contratos de quienes sean seleccionados quedará condicionada a la presentación por los interesados, y comprobación por el Servicio de Recursos Humanos, de la total identidad entre los documentos originales y las fotocopias o reproducciones presentadas a la Comisión.
  • b) Programación Docente, por quintuplicado, adaptada al Espacio Europeo de Educación Superior, de acuerdo con el perfil de la plaza.
  • c) Proyecto Investigador, de acuerdo con el perfil de la plaza, por quintuplicado.

10.2. Los candidatos dispondrán de un tiempo no inferior a una hora antes de la celebración de la primera prueba para consultar, si lo desean, la documentación presentada por los restantes solicitantes.

10.3. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra que proceda en aplicación del sorteo público realizado anualmente por la Consejería de Presidencia.

11. De las pruebas.

El proceso de selección constará de dos pruebas.

a) Primera Prueba

La primera prueba, que será pública y podrá tener carácter eliminatorio, consistirá en la exposición oral por el concursante, en un tiempo no superior a cuarenta y cinco minutos, de su currículum vitae.

Seguidamente, la Comisión debatirá con el concursante sobre los aspectos contenidos en el currículum, durante un tiempo máximo de 90 minutos.

A continuación, en sesión a puerta cerrada, cada uno de los miembros de la Comisión, aplicando el baremo aprobado, realizará una valoración individualizada de los méritos del concursante, entregándola al Secretario de la Comisión.

La calificación de la prueba se obtendrá por la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Selección, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales.

Para superar esta prueba, es necesario obtener, por aplicación del baremo aprobado, la puntuación mínima fijada por la Comisión en el acto de constitución, quedando eliminados los concursantes que no la alcancen.

b) Segunda Prueba

La segunda prueba, que será pública y podrá tener asimismo carácter eliminatorio, consistirá en la exposición oral por el concursante, en un tiempo mínimo de 30 minutos y máximo de una hora, de su programación docente, de acuerdo con el perfil de la plaza que figure en la convocatoria.

La exposición incluirá, además de la programación docente, su propuesta investigadora, de acuerdo con el perfil de la plaza que figure en la convocatoria. En este caso, el candidato dispondrá para la exposición y defensa de su propuesta docente e investigadora de un tiempo mínimo de una hora y máximo de 90 minutos.

Seguidamente la Comisión debatirá con el concursante sobre la metodología académica y, en su caso, la viabilidad y calidad de la propuesta investigadora durante un tiempo máximo de dos horas.

A continuación, en sesión a puerta cerrada, cada uno de los miembros de la Comisión, aplicando el baremo aprobado, realizará una valoración individualizada de la prueba realizada por el concursante, entregándola al Secretario de la Comisión.

La calificación de la prueba se obtendrá por la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Selección, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales.

Para superar esta prueba, es necesario obtener, por aplicación del baremo aprobado, la puntuación mínima fijada por la Comisión en el acto de constitución, quedando eliminados los concursantes que no la alcancen.

12. Propuesta de provisión.

12.1. Finalizadas las pruebas, la Comisión, a efectos de realizar la propuesta, procederá a elaborar la lista de aspirantes que hayan superado ambas pruebas, por el orden de puntuación obtenida en la suma de los puntos obtenidos en cada una de ellas.

12.2. En caso de empate, se aplicarán los siguientes criterios de desempate: nota obtenida en la primera prueba y, si persistiese el empate se atenderá, en primer lugar, al género de los candidatos con infra-representación de género en el Área entre los Profesores con vinculación permanente en la Universidad (con objeto de favorecer la presencia equilibrada de mujeres y hombre que proclama la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo (B.O.E. de 23 de marzo), para la igualdad efectiva de mujeres y hombres) y de existir igualdad de género entre los Profesores con vinculación permanente en el Área, el de mayor antigüedad en el puesto docente universitario de la figura inferior a la pretendida.

12.3. La propuesta de provisión contendrá:

  • a) El candidato propuesto para el desempeño de la plaza convocada, con indicación del nombre, apellidos, DNI y puntuación obtenida. A estos efectos, la Comisión de Selección deberá tener en cuenta que cualquier propuesta que contenga un número mayor de aspirantes propuestos que el de plazas convocadas no será admisible, tal y como dispone el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • b) Puntuación obtenida por los concursantes en cada uno de los apartados del baremo. En todo caso, en el Acta de la Comisión deberá constar el resultado de la aplicación de los criterios de selección.
  • Esta valoración en función de los criterios de selección, junto al cumplimiento de las previsiones del reglamento y de las bases de esta convocatoria, constituirá la motivación del acto de propuesta de la Comisión de Selección en cuanto juicio emanado de su discrecionalidad técnica.
  • c) En previsión de los casos de renuncia o de cualquier otra causa que impida la contratación del candidato propuesto, se reflejará un orden de prelación de aquellos aspirantes que se juzgue que han obtenido una puntuación suficiente para el desempeño de la plaza, con la posibilidad de incorporación del candidato siguiente más valorado.
  •  

Si la Comisión de Selección acordara proponer a algún candidato como suplente, éste no podrá alegar ningún derecho sobre plazas vacantes o que queden vacantes en el futuro, quedando reducido su derecho a poder ser contratado si el propuesto para ocupar la plaza correspondiente no llegara a tomar posesión de la misma.

12.4. Este concurso podrá resolverse con la no provisión de las plazas convocadas, cuando ninguno de los concursantes haya obtenido las puntuaciones mínimas exigidas para superar cada una de las pruebas.

13. Tramitación de la propuesta de provisión.

13.1. La Comisión de Selección publicará la propuesta de provisión en el tablón de anuncios del edificio o instalación en que se hayan realizado las pruebas.

13.2. El Secretario de la Comisión de Selección elevará al Sr. Rector Magfco. la propuesta de provisión, junto con el acta levantada debidamente firmada. Esta documentación, junto con la restante del concurso, deberá depositarse en el Servicio de Recursos Humanos, para su tramitación.

14. Recursos contra la propuesta de provisión.

14.1. Contra la propuesta de provisión de las Comisiones de Selección, los candidatos admitidos al concurso podrán presentar recurso de alzada ante el Sr. Rector Magfco. de la Universidad en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación.

14.2. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos sobre el nombramiento efectuado, salvo que el Sr. Rector Magfco., de oficio o a solicitud de los interesados, aprecie que concurre alguna o algunas de las circunstancias previstas en el Art. 117 de la LPACAP.

15. Publicidad de las resoluciones.

La resolución que disponga la suscripción del correspondiente contrato laboral será publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León, en el tablón de anuncios del Rectorado y en la página Web de la Universidad de León.

16. Incorporación de los aspirantes seleccionados.

16.1. Los aspirantes que hayan resultado nombrados dispondrán de un plazo máximo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución a que alude la base 15, para la formalización del correspondiente contrato laboral.

Con carácter excepcional, previa solicitud motivada del interesado y de acuerdo con las necesidades de servicio, este plazo podrá ser modificado por el Sr. Rector Magfco. de la Universidad. Quienes, dentro del referido plazo y salvo los supuestos de fuerza mayor que pudieran producirse, no procedan a la formalización del contrato, habrán decaído, a todos los efectos, en su derecho a desempeñar las plazas para las que fueron seleccionados.

16.2. Igualmente, los aspirantes nombrados deberán presentar copias cotejadas o simples acompañadas de los respectivos originales para su cotejo, de los siguientes documentos.

  • a) Los que acrediten el cumplimiento de los requisitos generales de acceso a la función pública y los exigidos específicamente para cada tipo de plaza.
  • b) La documentación entregada a la Comisión, de acuerdo con lo dispuesto en la base 10.1. Un ejemplar de esta documentación se presentará en soporte papel, pudiendo aportar el resto de ejemplares en soporte informático.

Salvo los supuestos de fuerza mayor, quienes no presentasen la documentación referida, o si del examen de la misma se dedujera que carecen de los requisitos señalados, o que no poseen los méritos valorados en la primera prueba, no podrán ser contratados, quedando anuladas sus actuaciones sin perjuicio de las responsabilidades legales en que pudieran haber incurrido.

16.3. Tan solo una vez formalizada la relación jurídica con el contrato laboral, tendrá lugar el inicio de la prestación de servicios y, por ende, el devengo de las retribuciones asignadas a la plaza obtenida. A estos efectos, la fecha de inicio de la relación jurídica será la establecida en el contrato laboral.

Cuando, para una misma Área de Conocimiento, la convocatoria contenga más de una plaza con el mismo perfil, los concursantes propuestos ejercerán su opción de elección comenzando por el propuesto en primer lugar y así sucesivamente. A estos efectos, la Comisión establecerá el orden de prelación, en función de la calificación numérica obtenida por cada concursante.

17. Custodia de documentación.

17.1. La documentación de los concursantes a plazas que no hayan sido objeto de reclamación podrá ser retirada por los interesados en el Servicio de Recursos Humanos, una vez transcurrido el plazo de seis meses a contar desde la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de la resolución rectoral que puso fin al proceso selectivo. Una vez transcurrido el plazo de tres meses desde que la resolución del concurso sea firme, la documentación que no haya sido retirada será destruida.

17.2. La documentación de los aspirantes a las plazas que hayan sido objeto de recurso no podrá ser retirada hasta la firmeza de la resolución impugnada. Sin perjuicio de lo anterior, los interesados podrán realizar, a su cargo, copia de la misma a otros efectos.

18. Datos de carácter personal.

18.1. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE de 6 de diciembre) y Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, los datos facilitados por los aspirantes, pasarán a formar parte del fichero de Personal, cuya finalidad es la gestión del personal de la Universidad de León, gestión de la docencia e investigación, gestión de la participación del personal en los servicios y actos universitarios, así como la gestión de la participación de los candidatos en los procesos de selección. Los datos contenidos en este fichero podrán ser tratados con fines históricos o estadísticos.

18.2. Tales ficheros están regulados por las resoluciones de esta Universidad, pudiendo ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y supresión de los datos remitiendo un escrito a la Secretaría General de la Universidad de León, adjuntando copia de documento que acredite la identidad del interesado.

19. Norma final.

19.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte la Comisión de Selección, sin perjuicio de los recursos que procedan. La Comisión está facultada para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas en todo lo no previsto en estas bases.

19.2. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de León. Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad de León, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

19.3. Asimismo, cuantos actos se deriven de ella o de las actuaciones de la Comisión podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la LPACAP y la LRJSP.

León, 18 de abril de 2022.

El Rector,

Fdo.: Juan Francisco García Marín

ANEXO I

CONVOCATORIA 18 DE ABRIL DE 2022

IDENTIFICACIÓN DE LAS PLAZAS

Código: DL004398

Campus: León.

Categoría/Cuerpo/Escala: Profesor Contratado Doctor Básico.

Área de Conocimiento: Didáctica de la Lengua y la Literatura.

Departamento: Filología Hispánica y Clásica.

Docencia a impartir por los candidatos:

  • – Literatura Infantil. Cuarto Curso. Primer semestre. OB. 6 créditos. Grado en Educación Infantil.
  • – Educación literaria. Cuarto Curso. Primer semestre. OB. 6 créditos. Grado en Educación Primaria.

Perfil investigador de los candidatos:

Narrativa siglos XIX y XX en Literatura Infantil.

Número de plazas convocadas: 1

Código: DL004399

Campus: León.

Categoría/Cuerpo/Escala: Profesor Contratado Doctor Básico.

Área de Conocimiento: Fisiología.

Departamento: Ciencias Biomédicas.

Docencia a impartir por los candidatos:

Asignaturas del Área de Bioquímica y Biología Molecular:

  • – Fisiología I: primer semestre; OB; 6 créditos ECTS, Grado en Veterinaria (Primer Curso).
  • – Fisiología II: segundo semestre; OB; 6 créditos ECTS, Grado en Veterinaria (Primer Curso).
  • – Fisiología Animal I: segundo semestre; OB; 6 créditos ECTS, Grado en Biología (Segundo Curso).
  • – Fisiología Animal II: primer semestre; OB; 6 créditos ECTS, Grado en Biología (Tercer Curso).

Perfil investigador de los candidatos:

Fisiología con aplicación en Biomedicina: Desarrollo de modelos preclínicos para el estudio de los mecanismos patogénicos de la fibrosis hepática y el potencial terapéutico de la melatonina.

Número de plazas convocadas: 1

Código: DL004400

Campus: León.

Categoría/Cuerpo/Escala: Profesor Contratado Doctor Básico.

Área de Conocimiento: Fisiología.

Departamento: Ciencias Biomédicas.

Docencia a impartir por los candidatos:

  • – Fisiología Animal I, segundo curso, segundo semestre, OB, 6 créditos, Grado en Biología.
  • – Fisiología Animal II, tercer curso, primer semestre, OB, 6 créditos, Grado en Biología.
  • – Fisiología Animal, segundo curso, primer semestre, FB, 6 créditos, Grado en Biotecnología.
  • – Medicina Molecular, tercer curso, segundo semestre, OB, 4,5 créditos, Grado en Biotecnología.
  • – Anatomía y Fisiología de los animales silvestres, exóticos y de laboratorio, segundo curso, segundo semestre, OP, 3 créditos, Grado en Veterinaria.

Perfil investigador de los candidatos:

Enfermedades hepáticas y digestivas: identificación de mecanismos patogénicos y su modulación por la microbiota intestinal.

Número de plazas convocadas: 1

Código: DL004401

Campus: Ponferrada.

Categoría/Cuerpo/Escala: Profesor Contratado Doctor Básico.

Área de Conocimiento: Fisioterapia.

Departamento: Enfermería y Fisioterapia.

Docencia a impartir por los candidatos:

  • – Fundamentos en Fisioterapia, Primer Curso, S1, OB, 7 c. ECTS, Grado en Fisioterapia.
  • – Fisioterapia del Deporte, Cuarto Curso, S2, OP, 3 c. ECTS, Grado en Fisioterapia.

Perfil investigador de los candidatos:

Valoración de la mecánica muscular.

Ejercicio terapéutico en poblaciones especiales.

Número de plazas convocadas: 1

Código: DL004402

Campus: Ponferrada.

Categoría/Cuerpo/Escala: Profesor Contratado Doctor Básico.

Área de Conocimiento: Medicina Preventiva y Salud Pública.

Departamento: Ciencias Biomédicas.

Docencia a impartir por los candidatos:

  • – Asignatura: Bioestadística y Metodología científica en Ciencias de la Salud, Curso: 1º, Semestre: 1º, Título: Grado en Enfermería (Campus de Ponferrada), Créditos: 5,80.
  • – Asignatura: Salud Pública, Curso: 2º, Semestre: 2º, Título: Grado en Enfermería (Campus de Ponferrada), Créditos: 4,80.
  • – Asignatura: Bioestadística en Fisioterapia, Curso: 2º, Semestre: 1º, Título: Grado en Fisioterapia (Campus de Ponferrada), Créditos: 1,20.
  • – Asignatura: Legislación, Salud Pública, Administración Sanitaria y Fisioterapia Comunitaria, Curso: 2º, Semestre: 2º, Título: Grado en Fisioterapia (Campus de Ponferrada), Créditos: 1,60.
  • – Asignatura: Bioestadística y Metodología científica en Ciencias de la Salud, Curso: 1º, Semestre: 1º, Título: Grado en Podología (Campus de Ponferrada), Créditos: 2,90.
  • – Asignatura: Salud Pública, Curso: 1º, Semestre: 2º, Título: Grado en Podología (Campus de Ponferrada), Créditos: 1,80.
  • – Asignatura: Salud Humana y riesgos naturales, Curso: 1º, Semestre: 1º, Título: Máster Universitario en Riesgos Naturales, Créditos: 0,40.
  • – Asignatura: Técnicas de Prevención de Riesgos Laborales: Medicina del Trabajo, Curso: 1º, Semestre: 1º, Título: Máster Universitario de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales, Créditos: 0,40.

Perfil investigador de los candidatos:

Epidemiología de los estilos de vida y su relación con fenómenos de salud y enfermedad.

Número de plazas convocadas: 1

ANEXO II

ANEXO III

COMISIÓN DE SELECCIÓN

Código de la Plaza: DL004398. Categoría: Profesor Contratado Doctor Básico.

Área de conocimiento: «Didáctica de la Lengua y la Literatura».

COMISIÓN:

Miembros Titulares:

PRESIDENTE:

Martos Nuñez, Eloy

C.U.

Didáctica de la Lengua y la Literatura/ Universidad de Extremadura

 

SECRETARIO:

Alonso-Cortés Fradejas, María Dolores

P.C.D.

Didáctica de la Lengua y la Literatura/ Universidad de León

 

VOCALES:

Llamazares Prieto, María Teresa

T.U.

Didáctica de la Lengua y la Literatura/ Universidad de León

Gutiérrez Sebastián, Raquel

T.U.

Didáctica de la Lengua y la Literatura/ Universidad de Cantabria

Sánchez Ortiz, César

T.U.

Didáctica de la Lengua y la Literatura/ Universidad de Castilla-La Mancha

 

Miembros Suplentes:

PRESIDENTE:

Campos Fernández-Fígares, M. Mar

T.U.

Didáctica de la Lengua y la Literatura/ Universidad de Almería

 

SECRETARIO:

Salido López, José Vicente

T.U.

Didáctica de la Lengua y la Literatura/ Universidad de Castilla-La Mancha

 

VOCALES:

Encabo Fernández, Eduardo

T.U.

Didáctica de la Lengua y la Literatura/ Universidad de Murcia

Cienfuegos Antelo, Gema

P.C.D.

Didáctica de la Lengua y la Literatura/ Universidad de Valladolid

Suárez Muñoz, Ángel

T.U.

Didáctica de la Lengua y la Literatura/ Universidad de Extremadura

 

Código de la Plaza: DL004399. Categoría: Profesor Contratado Doctor Básico.

Área de conocimiento: «Fisiología».

COMISIÓN:

Miembros Titulares:

PRESIDENTE:

Javier González Gallego

C.U.

Fisiología/ Universidad de León

 

SECRETARIO:

Merino Peláez, Gracia

T.U.

Fisiología/ Universidad de León

 

VOCALES:

Tuñón González, María Jesús

C.U.

Fisiología/ Universidad de León

Salido Ruiz, Ginés

C.U.

Fisiología/ Universidad de Extremadura

Mauriz Gutiérrez, José Luis

T.U.

Fisiología/ Universidad de León

 

Miembros Suplentes:

PRESIDENTE:

Sánchez Collado, Pilar

C.U.

Fisiología/ Universidad de León

 

SECRETARIO:

Cuevas González, María José

T.U.

Fisiología/ Universidad de León

 

VOCALES:

Sánchez Campos, Sonia

T.U.

Fisiología/ Universidad de León

Rosado Dionisio, Juan Antonio

T.U.

Fisiología/ Universidad de Extremadura

Almar Galiana, Mar

T.U.

Fisiología/ Universidad de León

 

Código de la Plaza: DL004400. Categoría: Profesor Contratado Doctor Básico.

Área de conocimiento: «Fisiología».

COMISIÓN:

Miembros Titulares:

PRESIDENTE:

González Gallego, Javier

C.U.

Fisiología/ Universidad de León

 

SECRETARIO:

Cuevas González, María José

T.U.

Fisiología/ Universidad de León

 

VOCALES:

Tuñón González, María Jesús

C.U.

Fisiología/ Universidad de León

Salido Ruiz, Ginés

C.U.

Fisiología/ Universidad de Extremadura

Sánchez Campos, Sonia

T.U.

Fisiología/ Universidad de León

 

Miembros Suplentes:

PRESIDENTE:

Álvarez de Felipe, Ana

C.U.

Fisiología/ Universidad de León

 

SECRETARIO:

Mauriz Gutiérrez, José Luis

T.U.

Fisiología/ Universidad de León

 

VOCALES:

Sánchez Collado, Pilar

C.U.

Fisiología/ Universidad de León

Rosado Dionisio, Juan Antonio

T.U.

Fisiología/ Universidad de Extremadura

Merino Peláez, Gracia

T.U.

Fisiología/ Universidad de León

 

Código de la Plaza: DL004401. Categoría: Profesor Contratado Doctor Básico.

Área de conocimiento: «Fisioterapia».

COMISIÓN:

Miembros Titulares:

PRESIDENTE:

Seco Calvo, Jesús Ángel

T.U.

Fisioterapia/ Universidad de León

 

SECRETARIO:

Rodríguez Pérez, Vicente

P.C.D.

Fisioterapia/ Universidad de Salamanca

 

VOCALES:

López Rodríguez, Ana Felicitas

T.U.

Fisioterapia/ Universidad de León

Valencia Prieto, Marta

T.U.

Fisioterapia/ Universidad de León

Torres Unda, Juan José

P.C.D.

Fisioterapia/ Universidad del País Vasco

 

Miembros Suplentes:

PRESIDENTE:

Alburquerque Sendín, Francisco

T.U.

Fisioterapia/ Universidad de Córdoba

 

SECRETARIO:

Reguera García, María Mercedes

P.C.D.

Fisioterapia/ Universidad de León

 

VOCALES:

Luque Suárez, Alejandro

T.U.

Fisioterapia/ Universidad de Málaga

Pinto Carral, Arrate

P.C.D.

Fisioterapia/ Universidad de León

Álvarez Álvarez, María José

P.C.D.

Fisioterapia/ Universidad de León

 

Código de la Plaza: DL004402. Categoría: Profesor Contratado Doctor Básico.

Área de conocimiento: «Medicina Preventiva y Salud Pública».

COMISIÓN:

Miembros Titulares:

PRESIDENTE:

Almaraz Gómez, Ana

C.U.

Medicina Preventiva y Salud Pública/ Universidad de Valladolid

 

SECRETARIO:

Molina de la Torre, José Antonio

T.U.

Medicina Preventiva y Salud Pública/ Universidad de León

 

VOCALES:

Martín Sánchez, Vicente

C.U.

Medicina Preventiva y Salud Pública/ Universidad de León

Tardón García, Adonina

C.U.

Medicina Preventiva y Salud Pública/ Universidad de Oviedo

Mateos Campos, Ramona

T.U.

Medicina Preventiva y Salud Pública/ Universidad de Salamanca

 

Miembros Suplentes:

PRESIDENTE:

Valero Juan, Luis Félix

T.U.

Medicina Preventiva y Salud Pública/ Universidad de Salamanca

 

SECRETARIO:

Jiménez Mejías, Eladio

T.U.

Medicina Preventiva y Salud Pública/ Universidad de Granada

 

VOCALES:

Castro González, María Paz

T.U.

Enfermería/ Universidad de León

Marqués Sánchez, María del Pilar

T.U.

Enfermería/ Universidad de León

Dierssen Sotos, Trinidad

T.U.

Medicina Preventiva y Salud Pública/ Universidad de Cantabria

 

ANEXO IV

  • a) Experiencia Docente (Puntuación máxima 35 puntos)
  • 1. Puestos docentes ocupados y docencia impartida:
  • Docencia en títulos oficiales universitarios.
  • Docencia en títulos propios universitarios.
  • Participación en Planes de Acción Tutorial.
  • Tutorización de Prácticas en Empresas.
  • Coordinación y Tutorización de Programas de movilidad nacional e Internacional.
  • Docencia no reglada.
  • Evaluación de la actividad docente aportada.
  • 2. Cursos y seminarios impartidos orientados a la formación didáctica universitaria.
  • 3. Cursos y seminarios recibidos y participación en congresos orientados a la formación didáctica universitaria.
  • 4. Elaboración de material docente y metodológico.
  • Publicaciones de material didáctico con ISBN, ISSN (Libros, capítulos de libros, traducciones…).
  • Elaboración de materiales en red y materiales audiovisuales.
  • 5. Dirección y/o Participación en Proyectos de Innovación Docente o participación en planes y equipos de trabajo relacionados con el EEES.
  • 6. Dirección de Trabajos/Proyectos Fin de Carrera, Fin de Grado, Fin de Máster.
  • 7. Premios de innovación docente.
  • 8. Otros méritos docentes relevantes no incluidos en los apartados anteriores Miembro de tribunales de Trabajos/Proyectos Fin de Carrera, Fin de Grado, Fin de Máster.
  • b) Experiencia Investigadora (Puntuación máxima 30 puntos)
  • 1. Publicaciones de carácter científico: Artículos en revistas indexadas. Artículos en revistas no indexadas. Libros y capítulos de libros. Edición/coordinación de libros.
  • Traducciones publicadas de libros y capítulos de libros.
  • Pertenencia a consejos de redacción en revistas de investigación y/o ser revisor de artículos de revistas de calidad científica.
  • 2. Dirección y/o Participación en Proyectos de Investigación y/o en contratos de I+D+i.
  • Participación en Proyectos competitivos (organismo internacional, nacional, regional).
  • Participación en Proyectos no competitivos y contratos (artículo 83 LOMLOU).
  • Pertenencia a comités de evaluación de Proyectos I+D (internacional, nacional, regional).
  • 3. Becas y ayudas de Postgrado.
  • 4. Patentes y otros resultados de la investigación, especialmente los que produzcan transferencia tecnológica al sector productivo.
  • 5. Dirección de Tesis doctorales, Tesinas, DEAs.
  • 6. Obras artísticas.
  • 7. Contribuciones a congresos y conferencias científicas: Impartición de conferencias y ponencias invitadas. Presentación de comunicaciones orales, pósters. Organización de eventos.
  • Asistencia a congresos.
  • 8. Estancias en Centros de Investigación españoles o extranjeros.
  • 9. Premios de investigación.
  • 10. Otros méritos relevantes de investigación en los apartados anteriores:
  • Tribunales de Tesis doctorales, Tesinas, DEAs, Otros méritos.
  • c) Méritos de Gestión (10 puntos)
  • 1. Desempeño de cargos unipersonales.
  • 2. Desempeño de cargos de representación en órganos colegiados universitarios.
  • 3. Participación en Comisiones de trabajo de ámbito académico.
  • d) Otros méritos relevantes (Puntuación máxima 10 puntos)
  • 1. Otros títulos de Grado, Postgrado, Otros títulos de Grado, Postgrado, Máster y otros.
  • 2. Ayudas y becas.
  • 3. Estancias docentes en centros españoles y extranjeros.
  • 4. Cursos y seminarios de especialización recibidos (excluidos los correspondientes a los programas de doctorado).
  • 5. Experiencia profesional no docente en relación con la plaza.
  • 6. Idiomas.
  • 7. Pertenencia a Sociedades Científicas.
  • 8. Manejo de grandes equipos.
  • 9. Otros méritos en investigación, docencia y formación académica.

ANEXO V

MODELO DE CURRÍCULUM

  • 1. DATOS PERSONALES:
    • 1. Nombre y dos apellidos:
    • 2. Lugar de Nacimiento:
    • 3. Fecha de Nacimiento:
    • 4. Licenciado/Diplomado/Ingeniero:
    • Universidad, Año
    • 5. Área de Conocimiento.
    • 6. Departamento.
    • 7. Nº de Plaza:
  • 2. FORMACIÓN ACADÉMICA:
    • 1. Licenciatura o Grado:
    • Título, Año, Calificación, Universidad.
    • 2. Diploma de Estudios Avanzados (DEA) o en su defecto Programa de Doctorado:
    • Título, Año, Calificación, Universidad.
    • 3. Título de Doctor:
    • Título de la Tesis Doctoral:
    • Año: Calificación: Universidad:
    • 4. Tipo de Doctorado: Normal ; De calidad ; Europeo ; Otro .
    • 5. Otras Licenciaturas/Diplomaturas:
    • 6. Premio extraordinario de Licenciatura:
    • 7. Premio extraordinario de Doctorado:
    • 8. Masters cursados (Título, Centro, Año, N.º de Créditos, Calificación):
    • 9. Cursos de especialización recibidos (Título, Centro, Año, Número de créditos, Calificación):
    • 10. Otros cursos recibidos (indique el número de cursos):
    • 11. Becas/Contratos predoctorales (Organismo, Duración –años).
    • 12. Becas/Contratos postdoctorales (Organismo, Duración –años).
    • 13. Estancias en otros centros distintos de aquel en que realizó la Tesis Doctoral (Centro, Duración –años).
    • 14. Cursos de formación: (Título, Centro, Año, Número de créditos, Calificación).
  • 3. ACTIVIDAD DOCENTE:
    • 1. Puestos docentes ocupados y docencia impartida:
    • 2. Docencia en títulos oficiales universitarios (Curso académico, Asignaturas, Créditos teóricos o de problemas o análogos, Créditos prácticos).
    • 3. Docencia en títulos propios universitarios (Curso académico, Asignaturas, Créditos teóricos o de problemas o análogos, Créditos prácticos).
    • 4. Participación en Planes de Acción Tutorial (Categoría, cursos).
    • 5. Tutorización de Prácticas en Empresas (Cursos, n.º alumnos tutorizados).
    • 6. Coordinación y Tutorización de Programas de movilidad nacional e Internacional (Programa, Categoria, cursos, n.º alumnos tutorizados).
    • 7. Docencia no reglada (Curso académico, Asignaturas, Créditos teóricos o de problemas o análogos, Créditos prácticos).
    • 8. Evaluación docente por parte del Servicio de Calidad.
    • 9. Cursos y seminarios impartidos orientados a la formación didáctica universitaria (Titulo del curso, Duración del curso (créditos), Fechas, Organizado por o encargado por, Dirigido a (público general, alumnos de grado, postgrado, especialistas).
    • 10. Elaboración de material docente y metodológico.
    • 11. Publicaciones de material didáctico con ISBN, ISSN (Libros, capítulos de libros, traducciones,…) (Cita completa de la publicación).
    • 12. Elaboración de materiales en red y materiales audiovisuales, digitales e informáticos.
    • 13. Dirección y/o Participación en Proyectos de Innovación Docente o participación en planes y equipos de trabajo relacionados con el EEES (Titulo del proyecto, Entidad financiadora, Duración del proyecto).
    • 14. Dirección de Trabajos/Proyectos Fin de Carrera, Fin de Grado, Fin de Máster (Autor, Título, Director(es), Universidad, Año, Calificación).
    • 15. Premios de innovación docente. Otros méritos docentes relevantes no incluidos en los apartados anteriores Miembro de tribunales de Trabajos/Proyectos Fin de Carrera, Fin de Grado, Fin de Máster.
  • 4. ACTIVIDAD INVESTIGADORA:
    • 1. Publicaciones de carácter científico: Artículos en revistas indexadas, Artículos en revistas no indexadas, Libros y capítulos de libros, Edición/coordinación de libros (Citas completas, Índices de Impactos).
    • 2. Traducciones publicadas de libros y capítulos de libros (Cita completa de la publicación).
    • 3. Pertenencia a consejos de redacción en revistas de investigación y/o ser revisor de artículos de revistas de calidad científica (Categoría, Revista, Índice de Impacto, Año).
    • 4. Dirección y/o Participación en Proyectos de Investigación y/o en contratos de I+D+i
    • 5. Participación en Proyectos competitivos (organismo internacional, nacional, regional) (Titulo, Participación, Entidad financiadora, Duración, Años, Importe).
    • 6. Participación en Proyectos no competitivos y contratos (artículo 83 LOMLOU) (Titulo, Participación, Entidad financiadora, Duración, Años, Importe).
    • 7. Pertenencia a comités de evaluación de Proyectos I+D (internacional, nacional, regional) (Categoría, Organismo, Año).
    • 8. Contratos y ayudas de Postgrado (Titulo, Participación, Entidad financiadora, Duración, Años, Importe).
    • 9. Patentes y otros resultados de la investigación, especialmente los que produzcan transferencia tecnológica al sector productivo (Identificación, Régimen de explotación).
    • 10. Dirección de Tesis doctorales, Tesinas, DEAs. (Autor, Título, Director(es), Universidad, Fecha, Calificación)
    • 11. Obras artísticas.
    • 12. Contribuciones a congresos y conferencias científicas: Impartición de conferencias y ponencias invitadas. Presentación de comunicaciones orales, pósters. Organización de eventos (Cita completa, Tipo de participación, Lugar Celebración, Fecha).
    • 13. Asistencia a congresos (Entidad organizadora, Tipo de Evento, Lugar Celebración, Fecha).
    • 14. Estancias en Centros de Investigación españoles o extranjeros (Centro, Actividad, Duración y Fechas).
    • 15. Premios de investigación.
    • 16. Otros méritos relevantes de investigación en los apartados anteriores:
    • 17. Tribunales de Tesis Doctorales, Tesinas, DEAs, Otros méritos de investigación.
  • 5. MÉRITOS DE GESTIÓN:
    • 1. Cargos Unipersonales en el Ámbito Universitario (Cargo, Institución, Duración).
    • 2. Representación en Órganos Colegiados Universitarios (Claustro, Junta de Centro, Consejo de Departamento) (Órgano, Institución, Duración).
    • 3. Participación en Comisiones de trabajo de ámbito académico (Nombre de la Comisión, Institución, Duración).
  • 6. OTROS MÉRITOS RELEVANTES:
    • 1. Otras Ayudas y becas.
    • 2. Estancias docentes en centros españoles y extranjeros (Centro, Actividad, Duración, Fechas).
    • 3. Experiencia profesional no docente en relación con la plaza (Tipo, Lugar, Actividad, Duración).
    • 4. Idiomas (Lengua, Nivel, Tipo de acreditación).
    • 5. Pertenencia a Sociedades Científicas (Sociedad, Cargo si procede, Tiempo de permanencia)
    • 6. Manejo de grandes equipos (Tipo, Actividad, Duración).
    • 7. Otros méritos en investigación, docencia y formación académica no señalados en epígrafes anteriores.

ANEXO VI

RETRIBUCIONES DE LAS PLAZAS CONVOCADAS

De conformidad con lo establecido en el II Convenio Colectivo del PDI contratado en régimen laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León (B.O.C. y L. 92/2015, de 18 de mayo), las retribuciones íntegras mensuales de las plazas convocadas son las siguientes:

CATEGORÍA CONTRACTUAL

RETRIBUCIONES

Profesor Contratado Doctor Básico Fijo

2.191,08 €

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