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Escritos dirigidos a la Consejería de Educación y a la Presidenta del Comité Intercentros de Seguridad y Salud, Directora general de función pública.
Ponemos a disposición de nuestros afiliados y afiliadas, modelos de reclamación que les proporcionarán los delegados/as de Prevención de Riesgos Laborales de CSIF en cada provincia. Ponte en contacto con tu sede.
ASUNTO: COMUNICACIÓN DE DEFICIENCIAS DETECTADAS DE ESTRÉS TÉRMICO POR FRÍO Y PROPUESTAS DE MEJORA EN LAS AULAS
Estimado Sra.
Las condiciones climatológicas que estamos viviendo en estos días, en plena tercera ola de la pandemia causada por la COVID-19, son preocupantes. Estamos detectando riesgo de estrés térmico por frío para la seguridad y salud del profesorado en las aulas en diversos centros de nuestra Comunidad, así como diferentes incidencias que se enumeran a continuación:
"1. La exposición a las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no deberá suponer un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores. A tal fin, dichas condiciones ambientales y, en particular, las condiciones termohigrométricas de los lugares de trabajo deberán ajustarse a lo establecido en el anexo III.”
El anexo al que se refiere el citado artículo (Condiciones ambientales de los lugares de trabajo), especifica, asimismo:
"1. La exposición a las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no debe suponer un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores.
2. Asimismo, y en la medida de lo posible, las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no deben constituir una fuente de incomodidad o molestia para los trabajadores. A tal efecto, deberán evitarse las temperaturas y las humedades extremas, los cambios bruscos de temperatura, las corrientes de aire molestas, los olores desagradables, la irradiación excesiva y, en particular, la radiación solar a través de ventanas, luces o tabiques acristalados.
3. En los locales de trabajo cerrados deberán cumplirse, en particular, las siguientes condiciones:
a) La temperatura de los locales donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o similares estará comprendida entre 17 y 27 ºC.
La temperatura de los locales donde se realicen trabajos ligeros estará comprendida entre 14 y 25 ºC.
b) La humedad relativa estará comprendida entre el 30 y el 70 por 100, excepto en los locales donde existían riesgos por electricidad estática en los que el límite inferior será el 50 por100.
c) Los trabajadores no deberán estar expuestos de forma frecuente o continuada a corrientes de aire cuya velocidad exceda los siguientes límites:
1.º Trabajos en ambientes no calurosos: 0,25 m/s.
2.º Trabajos sedentarios en ambientes calurosos: 0,5 m/s.
3.º Trabajos no sedentarios en ambientes calurosos: 0,75 m/s.".
Por todo lo expuesto, CSIF ante el riesgo grave de estrés térmico por frío ha solicitado la actuación inmediata de los servicios de Prevención de Riesgos Laborales e insta mediante este escrito a la Administración Educativa a que tome las medidas pertinentes y necesarias para subsanar las deficiencias observadas, con carácter urgente, como son:
En espera de su contestación, reciba un cordial saludo.
En, Valladolid a 11 de enero de 2021
Fdo.: Isabel Madruga Bajo
Presidenta CSIF Educación de Castilla y León