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COMENTARIO DE CSIF EDUCACIÓN CYL
Las normas de la Agencia Tributaria para recuperar el IRPF mal recaudado pueden chocar (y, de hecho, chocan) con la deficiente manera de proceder de las entidades pagadoras, especialmente de la nuestra, la Consejería de Educación. Se podría decir que no despreciamos ocasión de meternos con la Consejería, pero es que muchas de sus actuaciones son deplorables y bastantes, francamente mejorables, como esta. La razón de esta crítica es que la Consejería debería haber mandado bien los datos fiscales de, al menos, los compañeros adscritos al régimen de la Seguridad Social y, por lo menos, los del 2018. Pues bien, estos datos (estamos hablando de descuentos de IRPF de nóminas de docentes que han disfrutado licencia por maternidad o permisos por paternidad, por lo que no son todos los docentes, ni mucho menos), cuando se han enviado a Hacienda, o estaban mal o figuraban en unos y no en otros y, por supuesto, en el caso de docentes en las que había más de un caso, o solo figuraban los datos de 2018 y ninguno de años anteriores o no figuraba ningún dato.
Ante esta falta de diligencia de la Intervención Económica de la Consejería, CSIF Educación CYL aconseja a sus afiliados que soliciten, si no lo han hecho ya, la devolución del IRPF mal recaudado usando el formulario GZ286, incluyendo en el mismo formulario todos los ejercicios fiscales, desde 2014 a 2018 si se ha tenido más de un hecho causante. El próximo 1 de julio prescriben las cantidades que se pueden reclamar correspondientes al ejercicio de 2014.