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CSIF firma el Acuerdo de la Junta de Extremadura-Sindicatos con representación en la Mesa General de Negociación de la Junta de Extremadura, para la recuperación de derechos, extensión de medidas de flexibilización y para la profundización en las políticas de igualdad del conjunto de Empleados y Empleadas Públicas de la Administración Autonómica Extremeña.
Ambas partes acuerdan:
PRIMERO.-Desarrollo del Acuerdo de flexibilización en materia de jornadas, horarios y racionalización de los mismos.
35 Horas: Aplicación del Acuerdo sobre medidas de flexibilización y racionalización de la jornada de trabajo (11/9/17), introduciendo las adaptaciones organizativas, o de otro tipo, necesarias para permitir ajustar los turnos de trabajo del personal de los centros y servicios, de 24 horas, incluyendo el estudio del mantenimiento de fórmulas de ponderación y, en su caso, aplicando criterios similares a los de otros ámbitos.
SEGUNDO.- Recuperación íntegra de los derechos en los supuestos de incapacidad temporal de los empleados y empleadas públicas.
Las partes acuerdan abordar, previa negociación, las medidas de adaptación normativa precisas para restituir el derecho para el conjunto de personal estatutario, docente y de Administración General a enfermar sin ser penalizados por ello.
La recuperación íntegra de este derecho habrá de estar concluida durante el año 2018 y a la mayor brevedad posible.
TERCERO.- Impulso de los Planes de Igualdad de la Administración de la Comunidad Autónoma.
El compromiso de las partes firmantes del Acuerdo con la consecución de la igualdad efectiva de hombres y mujeres es incuestionable. Ahora bien, es preciso avanzar un peldaño más e irradiar este principio universal de igualdad real y efectiva a todos los estratos y ámbitos de la administración pública regional y sus distintos tipos de empleados y empleadas públicas dependientes.
Por tanto, las partes Acuerdan en Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos de la Junta de Extremadura el impulso de los trabajos necesarios, para que en cada uno de los ámbitos y previa negociación, se inicien los trabajos para la aprobación de los correspondientes Planes de Igualdad.
CUARTO.- Medidas complementarias de las anteriores.
Como medidas complementarias a las referidas se establece por acuerdo de las partes la obligación de negociación, previa evaluación de su impacto económico, organizativo y social, de las siguientes medidas:
Las partes acuerdan la constitución de una Comisión de seguimiento, interpretación y evaluación del Acuerdo y de la implantación de las medidas previstas.
Continuaremos trabajando para que se sigan haciendo realidad nuestras reivindicaciones.
¡CSIF CUMPLE GRACIAS A TI!