El Ayuntamiento de Toledo, condenado por vulnerar el derecho a la negociación colectiva

16 de septiembre de 2022

-La sentencia lograda por CSIF anula el Acuerdo sobre modificación de puestos de trabajo aprobado en marzo de 2021, el cual premiaba de manera arbitraria a determinados empleados

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha logrado una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativa nº3 de Toledo que condena al Ayuntamiento de Toledo por vulnerar el derecho a la negociación colectiva y anula el Acuerdo de la Junta de Gobierno de 10 de marzo de 2021, por el que se modifica la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del personal funcionario del Ayuntamiento de Toledo.

La Administración remitió a CSIF la documentación referente a la modificación de la RPT con menos de 24 horas de antelación a la celebración de la Mesa General de Negociación. El sindicato reclamó que esta propuesta de modificación fuera retirada del asunto del orden del día, ya que no había habido tiempo material para examinarla, máxime cuando se trata de un tema complejo que requiere de un estudio detallado. Sin embargo, se dio por ‘negociada’ la propuesta de modificación de la RPT y aprobada posteriormente en la Junta de 10 de marzo. 

La sentencia, de 8 de septiembre, evidencia que no se produjo una negociación real y efectiva, de acuerdo al Estatuto Básico de Empleo Público, mostrando la manifiesta falta de voluntad negociadora de la Administración, limitándose su actuación en este ámbito a una apariencia de negociación, llevada a cabo como una mera formalidad.

Es más, el Ayuntamiento omitió trámites esenciales al incumplir su obligación de incorporar informes preceptivos de la Secretaría de la Entidad Local. De hecho, los incorporó a posteriori una vez conocedora de la demanda y los convalidó en octubre de 2021, lo que “no resulta ajustada a derecho, el Acuerdo de 10 de marzo de 2021 debió ser adoptado previa emisión de tales informes”, refleja la sentencia.

El presidente de CSIF Toledo, Ángel Carvajal, subraya que “es muy grave que el Ayuntamiento actúe de esta forma, con un caciquismo desolador. No quería negociar porque sabía perfectamente que lo que estaba haciendo era totalmente irregular. La falta de talante negociador del equipo de Gobierno ha quedado evidenciada en la sentencia, así como la impunidad con la que actúan al intentar convalidar un acto incorporando posteriormente unos informes que de sobra sabían que eran preceptivos”.

No en vano, más allá de la ausencia de negociación, CSIF comenzó el proceso judicial debido a que la modificación de la RPT supuso un incremento salarial encubierto para determinados funcionarios de manera concreta y establecía el mismo complemento específico a algunas Adjuntías que a las Jefaturas de Servicio. De hecho, el Gobierno municipal abusa del concurso singularizado para ‘colocar’ a determinados funcionarios, en detrimento del concurso general de méritos. 

“La modificación de la RPT escondía realmente un cambio de denominación y el incremento de las retribuciones complementarias de los puestos ya existentes, es una forma de ‘premiar’ de manera arbitraria a determinados funcionarios por parte del equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Toledo”, concluye Carvajal.  

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