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Durante la reunión del pasado viernes se retomaron algunos aspectos que habían presentado dudas en reuniones anteriores:
- Si el cónyuge es empleado público y tiene destino en otra localidad
- Si los hijos menores de 12 años están empadronados y escolarizados en otra localidad
Concurso singularizado
Todos estuvimos de acuerdo en que se hacía necesaria una revisión de los puestos que aparecen con esta forma de provisión en la RPT, ya que consideramos que muchos de ellos pueden pasar a concurso general o al menos a concurso general con requisitos. Además es preciso establecer las funciones de los puestos que finalmente sean de concurso singularizado para evitar la discrepancia que existe actualmente entre consejerías.
CSIF solicitó que se estableciera la obligatoriedad de sacar la convocatoria de los concursos singularizados cuando las plazas estén dotadas y vacantes durante un año, con lo que se evitaría que se eternice la ocupación de estos puestos en comisión de servicios.
La valoración se establece en dos partes:
A) General. Se mantiene como estaba:
B) Específica
La principal novedad es dejar fijos los porcentajes, para evitar que el mismo puesto tenga distinta valoración en función del momento o la consejería convocante.
- Experiencia en funciones iguales o similares. Se valorará un 15% del total de puntos y de este porcentaje, sólo un tercio (5%) podrá obtenerse por ocupar el puesto en comisión de servicios. Además se recuerda que a la luz de las últimas sentencias sólo se podrá valorar la experiencia adquirida en comisión de servicios un máximo de dos años.
- Formación específica. Se valorará al 15%
- Pruebas específicas de conocimiento o de aptitud, memorias, idiomas, otras titulaciones, etc.
Se valorarán en total hasta un 15%.
Nos emplazamos para una próxima reunión con el fin de ver los concursos de libre designación.
SEGUIREMOS INFORMANDO
Información de anteriores reuniomes: