CSIF te aclara algunas dudas sobre la presentación de la Bolsa de Interinos

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7 de enero de 2020

¿Qué debo saber?: CSIF aclara tus dudas respecto a la Convocatoria de nuevas bolsas de personal interino de la Administración de Justicia en Andalucía.

     Con el objeto de resolver algunas de las dudas que nos estáis trasladando y facilitar información sobre los requisitos que serán necesarios para poder solicitar la inclusión en las futuras bolsas de Auxilio Judicial, Tramitación y Gestión, os hacemos un pequeño resumen con lo más destacable.

       ¿Donde se regula la Convocatoria de la Bolsas de Interinos de Andalucía? La Orden de 2 de marzo de 2015, modificada por orden de 15 de enero de 2016, regula el procedimiento de selección y nombramiento del personal funcionario interino al servicio de la Administración de Justicia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

      La convocatoria en vigor se realiza por Resolución de 29 de noviembre de 2019, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, por la que se efectúa la convocatoria de las bolsas de personal funcionario interino, publicada en BOJA de 17 de diciembre de 2019.

      Enlace: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2019/241/BOJA19-241-00025-18626-01_00166756.pdf

        ¿Qué plazo tengo para presentar la solicitud de inclusión en las nuevas bolsas? El plazo para la presentación de las solicitudes es de veinte días hábiles a contar desde el 7 de enero hasta el día 3 de febrero, ambos inclusive.

      ¿Cómo puedo presentar la solicitud?  La solicitud de inclusión en las bolsas de trabajo,  será única para cada cuerpo conforme al modelo establecido en el Anexo I a la presente convocatoria, conjuntamente con la documentación acreditativa de los requisitos y méritos, puede hacerse:

a) De forma Telemática, por vía internet, a través del acceso a la correspondiente aplicación telemática, a través de la web del Empleado Público, se podrá presentar por los interesados a través del Registro Telemático Único.

Enlace: https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/ o a través del portal Adriano http://juntadeandalucia.es/justicia/portal/adriano

b) De forma presencial, en las Oficinas de registro de documentos de las Delegaciones Territoriales de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, o en los lugares y por los medios indicados en el artículo en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.        

 

    ¿Qué requisitos específicos debo acreditar para forma parte de las Bolsas?.  Aparte de los requisitos generales incluido en la base 3º. Requisitos para la inclusión en la bolsa de trabajo, como específicos para forma parte de las Bolsas, hay dos requisitos, uno de los cuales habrá que cumplir:

  1. Haber superado alguno de los ejercicios de los procesos selectivos para el ingreso en los Cuerpos de Gestión Procesal, Tramitación Procesal y Auxilio Judicial en cualquier convocatoria, a excepción del Cuerpo de Médicos Forenses, que únicamente deberán acreditar haberse presentado a las convocatorias del citado cuerpo.
  2. Haber trabajado durante un período mínimo de 360 días naturales en el cuerpo de la bolsa que se solicita la inclusión.

 

       ¿Qué documentación tengo que presentar junto a la solicitud de inclusión?   Al tratarse de nueva constitución de Bolsa y no una simple actualización de méritos, cada solicitud de inclusión en las bolsas de trabajo, en la que constará la autobaremación efectuada por cada solicitante, deberá ir acompañada de la siguiente documentación y de la forma que se detalla en las bases quinta y sexta, a excepción de aquellos méritos que figuren inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía cuya aportación no será necesaria:

      a) Documento acreditativo de la titulación exigida para el ingreso en cada cuerpo, o del justificante de haber abonado las tasas para su expedición.

      b) Documento acreditativo de la inscripción en los Servicios Públicos de Empleo como demandante de empleo o de mejora del mismo, excepto aquellas personas que se encuentran trabajando como personal funcionario interino en la Administración de Justicia.

     c) Documento acreditativo de la condición de persona discapacitada, así como de la capacitación funcional para el cuerpo en cuya bolsa solicita su inclusión, expedido por el organismo público competente, en aquellos supuestos en los que la persona solicitante aspire a su inclusión en la bolsa por el cupo de discapacidad.

    d) Documento acreditativo de haber superado ejercicios de las pruebas selectivas del cuerpo en el que solicita su inclusión o, en el caso de que se hubiesen superado pruebas desde 1997 en el ámbito de la comunidad andaluza, declaración responsable de este extremo, indicando el año de convocatoria.

   e) Documento acreditativo de la experiencia adquirida que se alega, salvo aquellas personas solicitantes que aleguen como experiencia exclusivamente los períodos inscritos en Registro General de Personal de la Junta de Andalucía hasta la fecha del fin de plazo de presentación de solicitudes, para ello podrán presentar copia de la hoja de acreditación de datos personales.

    f) Documento acreditativo de la formación adquirida y titulaciones académicas que se aleguen como mérito baremable.

    3. En cualquier caso, la persona interesada podrá presentar copias auténticas de documentos administrativos y copias autenticadas de documentos privados y públicos. La documentación referida al cumplimiento de los requisitos y justificantes de los méritos han de poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    No será necesario aportar la documentación reseñada si consta inscrita en Registro General de Personal de la Junta de Andalucía y así se indica expresamente en la solicitud.

    La base quinta, presentación telemática, permite la presentación escaneada del documento que tengamos con «declaración responsable de que dicho documento es copia fiel del original».

   La base sexta, presentación presencial, indica que «de la veracidad de las copias aportadas responderá la persona solicitante, para lo cual incluirá en el anverso y, en su caso, el reverso de cada una de ellas, de su puño y letra la leyenda «es copia fiel del original» y firmará a continuación.

 

     ¿Qué méritos puedo alegar en la autobaremación?   Los méritos a valorar consisten en los recogidos en la base séptima de la convocatoria:

  • Experiencia, hasta un máximo de 90 puntos.
  • Superación de pruebas selectivas, hasta un máximo de 64 puntos.
  • Titulaciones, hasta un máximo de 23 puntos.
  • Formación específica, en los diez últimos años, hasta un máximo de 23 puntos.

 

     ¿Cómo se ordenarán las bolsas?  Las bolsas se ordenarán en función de la puntuación obtenida, resolviéndose en caso de empate, en favor de la persona candidata que tenga mayor puntuación en apdo. 1 base séptima, si continuara el empate; se desempatará según la puntuación obtenida por el apdo. 2 de la misma base. En el caso de persistir el empate después de atender las anteriores reglas se resolverá a favor de la persona candidata con mayor tiempo de servicios prestados en el Cuerpo correspondiente del personal al servicio de la Administración de Justicia. De continuar el empate, se resolverá de acuerdo con el orden alfabético que consta en el Anexo III, comenzándose por la letra «U», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 27 de febrero de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública.

      ¿Si ya formo parte de la bolsa puedo quedar fuera del cupo máximo?  En la redacción dada por la Orden de 15 de enero de 2016, la regla prevista sobre el cupo máximo no será de aplicación a los integrantes de las actuales bolsas de trabajo.

     ¿Puedo presentar solicitud en más de un cuerpo o provincia? Sí, debes presentar una solicitud por cada cuerpo y en cada una de ellas marcar las provincias a las que en un principio deseas optar ser integrante de la bolsa. Luego será necesario en un momento posterior que te decidas por un solo cuerpo y una sola provincia.

    ¿ Si marco más de una provincia en mi solicitud, donde debo dirigir la misma?  La debes dirigir a la Delegación de una de las provincias que has marcado, debiendo tener en cuenta que será la Comisión de Valoración que se creará a efectos de baremación en la provincia a donde la dirijas la que se encargará de baremar tu solicitud, y que la puntuación resultante será la misma para todas las provincias que hayas marcado.

Adjuntamos fichero autorrellenable para aquellos interesados en la presentación física o presencial

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