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- Región de Murcia
Para matizar algunos puntos de la referida Resolución, se aclara:
Ello supone que se respeta absolutamente las retribuciones del puesto de origen y las incluidas en cartelera del profesional y que además percibirá los CAC del puesto de trabajo de destino.
En estos días se percibirán, como no podría ser de otro modo, las retribuciones correspondientes a día festivo. El personal de los servicios y/o puestos de trabajo que no tengan asignada atención continuada, percibirán los importes correspondientes a categoría del mismo grupo salarial.
Se aplican en estos casos las retribuciones que como complemento de atención continuada se recogen en la normativa vigente, tanto para el personal que preste los
servicios en modalidad jornada complementaria / guardia (presencia física o localización) como para el personal que preste los servicio en jornada ordinaria:
Jornada Complementeria
GUARDIAS | H. GUARDIA LOC. | H. GUARDIA PRES. |
FEA/MED. AP Y PEDIATRIA | 14,58 | 29,17 |
A/2 SANITARIO HOSPITAL | 6 | 12 |
A/2 SANITARIO AP | 10,61 | |
C SANITARIO | 4,57 | 9,14 |
A1/A2 NO SANITARO | 5,14 | 10,28 |
C1/C2 NO SANITARIO | 4,57 | 9,14 |
AGRUPACIONES PROFESIONALES | 4 | 8 |
Jornada Ordinaria
FESTIVOS | M/T | NOCHE |
GRUPO A1 | 204,19 | |
GRUPO A2 | 64,3 | 75,34 |
GRUPO C1 | 50,55 | 64,59 |
GRUPO C2 | 45,95 | 53,83 |
A. PROFESIONALES | 47,88 | 56,09 |
SUAP (*)
MÉDICO SUAP | 91,94 | 107,73 | |
ENFERMERA SUAP | 64,3 | 75,34 | |
CELADOR SUAP | 47,88 | 56,09 |
(*) Percibiran los complementos correspondientes a 24 horas de un festivo.
Hablado con Subdirección de Recursos Humanos del SCS, la traduccion de esta Instrucción es que los facultivos tanto de Atención Primaria como de Atención Especializada cobraran 204,19 por jornada complementaria de las 7 horas que realicen en esa mañana, es decir a precio de hora de guardia festivo, sin generar jornada.
El resto de categorías también tanto en Atención Primaria y Atención Especializada cobraran los CAC correspondientes a festivo de cada grupo por realizar jornada ordinaria y generaran días. Esto último se aplicaria al personal de los EAP y por ejemplo al personal de Atención Especializada de Ctas, Admision, Personal, Contabilidad, etc que habitualemte trabaja en turno fijo de mañana, de luens a viernes y sea requerido para trabajar esos días.
El personal de SUAP (Médicos , Enfermeras/os, Celadores) percibirá integramente los CAC de festivo y noche festiva aunque no trabajen las 24 horas deesos festivos ( De 15 a 8 horas).