CSIF TE AYUDA A RECLAMAR LOS GASTOS DE HIPOTECA
Los afiliados de CSI-F Cantabria recibirán un trato exclusivo en el despacho de ROSALES ABOGADOS, S.L., uno de los más prestigiosos de Cantabria que ha destinado un equipo específico para estas reclamaciones.
17 de Marzo de 2017

Mediante un acuerdo EXCLUSIVO al que ha llegado CSI-F Cantabria, con el despacho de abogados Rosales –uno de los de mayor prestigio de Cantabria- todos nuestros AFILIADOS pueden beneficiarse de unas condiciones MUY VENTAJOSAS a la hora de reclamar los gastos derivados de las hipotecas.

Las condiciones son las siguientes:

En Rosales Abogados se comprometen a:

  • Citar a cada uno de los nuestros afiliados interesados en la reclamación, con el objeto de analizar su caso de forma individual. Cada uno de ellos será un cliente más del despacho -salvo en lo que se refiere a las condiciones económicas más ventajosas-.

  • Podrán dirigirse al despacho tantas veces como necesiten.

  • Esta primera consulta es gratuita, es decir, al afiliado que, finalmente, no quiera presentar reclamación, no le cobrarán cantidad alguna.

Para aquellos que decidan iniciar la reclamación, el procedimiento será:

  1. Presentación en el Banco de una carta, que les redactará el despacho de Rosales, reclamando los gastos del préstamo hipotecario relativos a Notaría, Registro, Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) y Gestoría. En ese momento, el afiliado abonará al despacho 100 € (más IVA), reembolsables en las condiciones que luego se señalan.

  2. Si el Banco no atiende la reclamación en el plazo de 10 días, el siguiente paso propuesto es presentar una demanda judicial solicitando la declaración de nulidad de la cláusula que impone al prestatario todos los gastos e impuestos de concertación del préstamo hipotecario (en este momento, habría que atender un gasto de 60 € más IVA de Procurador).

  3. Seguidamente, y sin coste alguno, ni de Abogado ni de Procurador, proponemos, una vez declarada la nulidad de la cláusula, interponer la definitiva acción de reclamación de cantidad, incluyendo el importe de las facturas de Notaria, Registro, IAJD y Gestoría. No cabe duda que si la cláusula referida ha sido declarada nula, el afiliado, como consecuencia de la interposición de esta demanda, recibirá una suma dineraria, mayor o menor, en función de si la estimación de la demanda es total o parcial. No obstante, a los efectos de costas, la estimación parcial ya nos garantiza la no imposición de las mismas, con lo que el afiliado, en el escenario descrito, siempre obtendrá una ventaja económica, es decir, la Sentencia siempre condenará a la Entidad Financiera a reembolsarle, al menos, una parte de los gastos de formalización del préstamo hipotecario.

En resumen:

  1. Carta dirigida al Banco reclamando los gastos del préstamo hipotecario.

  2. Acción declarativa de nulidad de la Cláusula que impone todos los gastos de concertación del préstamo hipotecario.

  3. Acción concreta de reclamación de las cantidades mencionadas.

En cuanto a las condiciones económicas, serían 100 € (más IVA), de Abogado, a pagar en el momento en que al afilado se le entregue la carta de reclamación al Banco, y 60 € (más IVA), de Procurador, a pagar en el momento en que interponga la primera demanda, reembolsables si se obtiene la condena en costas en alguna de las Sentencias.

Por último, el Procurador del propio despacho se compromete a realizar poderes Apud Acta (en el mismo Juzgado), sin coste alguno para los demandantes.

Sobre la documentación necesaria, para aquellos que la quieran ir preparando:

  1. La escritura de préstamo hipotecario.

  2. La factura de la Notaría.

  3. La factura del Registro de la Propiedad.

  4. Documentación justificativa del pago del IAJD.

  5. La factura de la Gestoría.

TODOS LOS INTERESADOS PUEDEN PONERSE EN CONTACTO CON SU SECTOR O LLAMANDO DIRECTAMENTE A LOS TELÉFONOS DE LA SEDE DE CSI-F: 942 313922 – 942 223983 – 942 216310