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Las distintas sentencias a nivel europeo que denuncian la precariedad y el abuso del personal laboral interino en nuestro país han significado un revuelo en los funcionarios interinos docentes sin que hasta ahora, ninguna de las sentencias sea de aplicación directa a los mismos. Esto no es menoscabo para que se vaya exigiendo y estudiando todas las posibilidades para que este colectivo recupere todo lo perdido durante la crisis, como CSI.F está haciendo en todas y cada una de las Autonomías españolas.
Esta cuestión está siendo utilizada por entidades y grupos para, con falsas alarmas, asustar y crear falsas expectativas para sus intereses particulares, bien de carácter electoralista en el caso de asociaciones sindicales, o bien de carácter económico como en el caso de algunos despachos de abogados.
La última de las llamadas al miedo ha sido la publicación del Proyecto de Presupuestos Generales del Estado. En su articulado viene la siguiente lectura en el 19.2:” No se podrá proceder a la contratación de personal temporal, así como al nombramiento de personal estatutario temporal y de funcionarios interinos excepto en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales. La duración del contrato o del nombramiento no podrá ser superior a tres años, sin que puedan encadenarse sucesivos contratos o nombramientos con la misma persona por un período superior a tres años, circunstancia esta que habrá de quedar debidamente reflejada en el contrato o nombramiento. “
CSIF quiere aclarar que el artículo, si bien puede llevar a confusión, es estrictamente consecuencia de las sentencias europeas y que viene a significar que solo cuando existe una situación coyuntural se debe nombrar un interino. Si esta situación se alarga más de tres años se debe consolidar esta plaza. Esta consolidación de la plaza se debe hacer bien por Oferta de Empleo Público o bien por Concurso General de Traslados.
En la Administración Pública son bastante habituales los casos que denuncia Europa, pero no así en Educación. Nuestros interinos son nombrados por cursos (en CSIF reivindicamos se incluyan los meses de verano) y cada año al finalizar vuelven a la lista de interinos o bolsa y son de nuevo nombrados para el curso siguiente. Esta situación no es la que se denuncia desde Europa y la que quiere corregir el artículo 19 del Proyecto.
CSIF va a exigir, en la próxima reunión que se celebrará con la Secretaría de Estado, la modificación del texto para dejar constancia del asunto que se quiere evitar y, por supuesto, para que se tranquilice a todos los interinos, a los que con estas actuaciones se les está faltando el respeto, alarmándoles sin motivo alguno.
CSIF seguirá trabajando de manera profesional por la dignificación de la labor docente y ésta es realizada en muchos casos por personal interino que merecen reconocimiento. Por ello, hemos firmado la mayor oferta de la historia para los próximos tres años para la búsqueda de la única y verdadera estabilidad, exigiendo al Ministerio de Educación que lidere la coordinación entre Comunidades y que dé una respuesta especial a esta situación, teniendo siempre en cuenta que las convocatorias deben responder a los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
Flaco favor se está haciendo a este colectivo el que trata de asustar, alarmar y utilizarlos en pos de intereses particulares y egoístas.
Por la dignificación de la labor docente.
CSIF EDUCACIÓN