PRIMER INCUMPLIMIENTO DE LAS BASES DEL CONCURSO DE MÉRITOS

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25 de enero de 2022

 

CSIF TE INFORMA

PRIMER INCUMPLIMIENTO DE LAS BASES DEL CONCURSO DE MÉRITOS CONVOCADO EL 30 DE JUNIO DE 2021.

Como es de sobra conocido, la Dirección General de la Función Pública, mediante resolución de 28 de junio de 2021, aprobó las bases específicas y convocó concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canaria (publicado en BOC nº 133, de 30 de junio de 2021).

La base 8ª.1, de las que rigen dicho concurso de méritos, establece que la Dirección General de la Función Pública, mediante Resolución, en el plazo máximo de tres meses, aprobará el listado provisional de personas concursantes admitidas y excluidas, así como que dicha resolución será expuesta en la web: http://www.gobiernodecanarias.org/cpj/dgfp/ y se publicará anuncio en el Boletín Oficial de Canarias.

Al no haberse fijado en las bases que rigen el concurso de méritos el plazo para resolverlo y notificar la resolución de adjudicación de destinos, rige el de quince meses contados desde el día siguiente al de la finalización del de presentación de solicitudes, previsto en el artículo 78.2 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria. Por ello, el plazo de que dispone la Dirección General de la Función Pública para aprobar el listado de personas aspirantes admitidas y excluidas, supone una quinta parte del plazo total del procedimiento, algo que nos parece excesivo, sobre todo si tenemos en cuenta que las solicitudes se presentaron telemáticamente, por lo que desde el momento de su presentación la administración puede tratar mediante la correspondiente aplicación los datos de las personas interesadas y los puestos que solicitan.

El 13 de enero de 2022 venció el plazo de tres meses antes señalado, sin que se haya hecho pública resolución alguna al respecto, por lo que es claro que se ha incumplido con aquel.

La Dirección General de la Función Pública podrá intentar justificar dicho incumplimiento en el número de plazas convocadas y en el de personas solicitantes. Al sindicato CSIF tal intento no le servirá de justificación, por cuanto (para aliviar las cargas que supone la realización de un macro concurso por parte de una Administración no acostumbrada, por incumplimiento de su propia normativa, a efectuar regularmente concursos), en su momento propuso, que se efectuasen distintas convocatorias, bien por grupos y subgrupos, bien por cuerpos y escalas. Si se hubiesen efectuado tales convocatorias, estamos seguros de que el plazo para aprobar las listas de provisional se habría cumplido.

LA VERDAD POR DELANTE. CSIF, OTRA CLASE DE SINDICATO.

 

Descargar comunicado completo del CSIF

 


 

Más información en:

  Canarias, a 25 de enero de 2022.

CSIF, sector autonómico de Canarias

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