MESA TÉCNICA 21 DE ENERO 2022

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21 de enero de 2022

Oposiciones Maestros 2022

La administración ha informado de las dificultades con las que se están encontrando para planificar los procesos selectivos para los próximos años, dada la incertidumbre de normativa que rige a nivel nacional y que, inevitablemente, está afectando a estos procedimientos. Ha presentado su PRIMERA PROPUESTA referente a las convocatorias de acceso a la función pública docente que se celebrarán en el Archipiélago en los años 2022, 2023 y 2024. 

Teniendo en cuenta, la normativa aprobada hasta hoy, la que se espera aprobar en breve y el acuerdo entre las CCAA para convocar oposiciones de forma paralela en tiempo y forma, la Administración Canaria, ha considerado que será necesario desarrollar las tres vías de acceso a la función pública docente durante los próximos años (2022-24).

 

  • VÍA ACCESO 1. Tasa de reposición OPE 2021.

Partiendo del actual sistema de acceso, R.D. 276/2007 (R.D. utilizado hasta la actualidad, pruebas eliminatorias). Este sistema se aplicaría para las Oposiciones maestros de 2022. La administración plantea 409 plazas que corresponden a la tasa de reposición de la OPE 2021, que se podrían ampliar hasta las 700.

La distribución provisional de las 409 plazas de reposición sería la siguiente:

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En las oposiciones de junio de este año, se ofertarían únicamente las plazas necesarias para cubrir jubilaciones.

La administración se justifica diciendo que la convocatoria de oposiciones de maestros de 2022 permitirá una primera opción para optar a plaza de funcionario de carrera, y mismo tiempo, una oportunidad para seguir trabajando, puesto que no se perdería ninguna plaza de interinos.  En Canarias, cada año se jubilan más de 800 docentes. Si la tasa de reposición para las oposiciones de 2022 es inferior a la tasa de jubilaciones del curso 2020/21, nos encontraremos que para el próximo curso 2022/2023 tendremos otros 800 nuevos profesores y profesoras interinos, que serían la diferencia de la aplicación de la tasa reposición de 2021 en las oposiciones de 2022 y de las jubilaciones del presente curso 2021/22.

La Consejería ha anunciado que los interinos NO tendrán la obligación de presentarse a las oposiciones de junio para permanecer en las listas de empleo.

 

  • VÍA ACCESO 2.

La vía del concurso de méritos exclusivamente (sin exámenes). A desarrollar a lo largo del curso 2022/2023. BOE 29/12/2021, ley de reducción de la temporalidad. Este procedimiento extraordinario de estabilización (concurso de méritos) solo será excepcional y solo se podrá celebrar una sola vez.

Se aplicaría a partir de septiembre de 2022. La administración prevé ofertar para este sistema de acceso 4.330 plazas para todos los cuerpos y especialidades. Los requisitos para acceder por la vía del concurso de méritos aún no están definidos, al cien por cien por el Ministerio, pero podemos acercarnos al mismo viendo en Tercer borrador de Propuesta de Modificación R.D, 276/ 2007 que regula el acceso, publicado el 29/12/2021, Disposición transitoria quinta. Ver resumen, boletín de Enero 2022, CSIF Educación Canarias, VER WEB.

 

  • VÍA ACCESO 3.

La vía del concurso-oposición mediante la modificación R.D. 276/2007, (pruebas no eliminatorias, dos partes: tema y unidad didáctica), pendiente de aprobación, aunque podemos acercarnos al mismo viendo en Tercer borrador de Propuesta de Modificación R.D, 276/ 2007 que regula el acceso publicado el 29/12/2021, Disposición transitoria cuarta. Ver resumen, Boletín del mes de Enero 2022, CSIF Educación Canarias. Ver WEB.

Esta vía se usaría para las Oposiciones 2023.  (secundaria y otros cuerpos): y Oposiciones de 2024 (solo maestros).

Para la vía 2. Concurso de méritos exclusivamente (sin exámenes) y la vía 3.  Concurso-oposición mediante la modificación R.D. 276/2007, se incluirían plazas de estabilización dirigidas a reducir tasa de interinidad. 

Valoramos positivamente la inclusión de alguna reivindicación histórica de CSIF y que afecta a los docentes funcionarios de carrera. Por fin, se abonan las dietas de manutención a todos los miembros de los tribunales independientemente del municipio de su nombramiento, además de duplicar la cuantía de las mismas.

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