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La CRUE reconoce la preocupación y la necesidad de hacer algo sobre los profesores asociados ante lo que se está convirtiendo en un problema serio sobre el que ya avisan la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social. Plantean una nueva figura (a tiempo completo o parcial) para cubrir necesidades docentes sobrevenidas pero coinciden con CSIF en la necesidad de un programa o unas directrices generales para estabilizar al profesor asociado con voluntad académica en otras figuras de PDI (Ayudante Doctor, Contratado Doctor). También se mostraron receptivos a nuestras propuestas de mejoras salariales y laborales y en abrir la posibilidad de acceso a Quinquenios y Sexenios. Esperan proposiciones del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades en la próxima mesa sobre el Estatuto del PDI.
1. SITUACIÓN TEÓRICA
ü Los Profesores Asociados acceden a la Universidad, según el artículo 53 de la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre, de universidades:
a) El contrato se podrá celebrar con especialistas de reconocida competencia que acrediten ejercer su actividad profesional fuera del ámbito académico universitario.
b) La finalidad será desarrollar tareas docentes a través de las que se aporten sus conocimientos y experiencia profesional a la universidad.
c) El contrato será temporal y con dedicación a tiempo parcial.
d) La duración del contrato será trimestral, semestral o anual, y se podrá renovar por períodos de igual duración, siempre que se siga acreditando el ejercicio de la actividad profesional fuera del ámbito académico universitario.
2. SITUACIÓN REAL
* Imparten docencia estructural e imparten numerosísimas clases en títulos de Grado y de Máster.
- El contrato 6+6 se ha convertido en 18 créditos por el mismo sueldo.
- No tienen reconocidos complementos como el “Quinquenio docente”.
- Tienen que renovar todos los años su contrato: hay Profesores Asociados con más de 15 años de contratos concatenados.
- Muchas veces acceden, conforme a la LOU, profesionales de reconocida competencia pero en los años de crisis se ha hecho un mal uso de la figura y se han considerado como mano de obra barata por parte de las universidades. También han accedido investigadores que al terminar su contrato no tienen otra salida profesional y, evidentemente, carecen de experiencia profesional.
- Para facilitar el acceso de estos investigadores a la figura de Profesor Asociado, en muchas universidades disminuyeron los puntos que daban por experiencia profesional (en la Universidad de Murcia se pasó de 33 puntos a 26 puntos) y en muchos casos aumentó la puntuación de becas predoctorales y postdoctorales, publicaciones en revistas de impacto, etc.
* No pueden participar como investigadores en proyectos de investigación europeos como H2000 y LIFE:
Resulta paradójico que muchos antiguos contratados como investigadores que han participado en estos tipos de proyectos, no puedan seguir haciéndolo en el momento que son Asociados.
Muchos de estos Asociados -antiguos investigadores- tienen una excelente formación y están perfectamente capacitados para presentar proyectos europeos, por lo que las universidades públicas están perdiendo un tremendo potencial.
Por otro lado, el participar en proyectos de investigación europeos está muy bien valorado para acreditarse a Contratado Doctor y Titular de Universidad por lo que los Asociados quedan al margen.
3. DESDE CSIF RECLAMAMOS:
Acceso a la Carrera Académica Docente: Ayudante Doctor, Contratado Doctor y Titular de Universidad
- Estabilización de Asociados con tareas docentes estructurales y acceso a la carrera académica a otras figuras docentes: Ayudante Doctor, Contratado Doctor y Titular de Universidad.
- Es urgente que todas las universidades establezcan criterios similares de acceso a la carrera académica, tomando como modelo los baremos y criterios de transformación de Profesor Asociado a Ayudante Doctor y Contratado Doctor, que se aplican en las universidades Complutense de Madrid, Salamanca y Málaga.
- Consideramos que, en este aspecto, se está produciendo un agravio comparativo entre universidades públicas.
Mejora de las condiciones laborales:
Mejora de las condiciones salariales:
Mejora en el reconocimiento de derechos sociales y de representación: