LISTADOS AUTOBAREMADOS DE ASPIRANTES A LAS BOLSAS DE INTERINOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN ARAGÓN

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21 de junio de 2022

CSIF DIRIGE ESCRITO A LA DIRECCIÓN GENERAL APORTANDO SOLUCIONES PARA SOLVENTAR LA VARIADA PROBLEMÁTICA QUE SE HA SUSCITADO CON LA BAREMACIÓN DE LOS MÉRITOS Y EL APORTE DE DOCUMENTACIÓN.

Publicada en el BOA la Resolución de 2 de junio de la Dirección General de Justicia por la que se da publicidad a las listas provisionales de la bolsa de trabajo de ámbito autonómico para los Cuerpos de la Administración de Justicia en Aragón, se indica en su apartado Segundo que se abre un plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de su publicación para presentar de forma telemática por todas las personas aspirantes incluidas en las listas y a través de la aplicación INJUS, la solicitud adjuntando los documentos que acrediten los requisitos generales y los méritos alegados en la fase de inscripción.

Este apartado Segundo de dicha Resolución ha sido un total despropósito que ha dado más de un quebradero de cabeza a más de uno porque parece ser que en la práctica, con la aplicación INJUS, se ejecuta de otra forma. Y es que ha faltado comunicación desde el primer momento. Es cierto que el aspirante tenía un teléfono fijo y un correo electrónico al que acudir en caso de dudas o incidencias técnicas pero cuando las dudas o incidencias versaban sobre contenido de la aplicación, los únicos números con los de la Dirección General de Justicia, que bastante desbordada estaba ya.

Como resultado, muchos aspirantes no tenían nada claro de si aportar o no documentación, qué tipo de documentación, si aportar ya o no el título de formación académica o simplemente que hacer con su solicitud, ya que según este polémico apartado segundo de la Resolución 2/06/2022, había que presentar la solicitud adjuntando documentación, y los aspirantes no sabían que hacer ni siquiera cuando entraban en la aplicación.

CSIF ante esta situación caótica de desinformación solicitó a la Dirección General una nota aclaratoria por escrito para que todos supiéramos como actuar en la plataforma. Y en principio, se nos comunicó que eran conscientes de todas las dudas que se estaban planteando, la mayoría de ellas muy recurrentes, y que en consecuencia se iba a elaborar un documento de preguntas y respuestas más frecuentes para dar solución a las dudas que se planteaban. Sin embargo, finalmente se nos comunicó que este iba a ser un documento interno y que los aspirantes debían seguir poniéndose en contacto telefónico con la Dirección General para resolver las dudas de contenido.

Si se hubiese hecho la aclaración por escrito desde la propia Dirección General, nos hubiésemos ahorrado muchas consultas repetidas, muchas llamadas telefónicas y eliminando mucha de la incertidumbre y desconfianza de los propios aspirantes.

Además parece ser que hay muchas solicitudes de aspirantes que no se han tenido en cuenta porque no pasaron de fase borrador y la Administración no quiere tenerlas en cuenta. El aspirante pensaba que su solicitud estaba correctamente enviada y bastantes se han encontrado con la sorpresa de que no aparecen en estos listados de autobaremación por no haber sido firmadas sus solicitudes correctamente.

 Todo ello achacable al propio sistema informático que no da ninguna seguridad de si se ha enviado o no correctamente puesto que el aspirante no sabe que confirmación ha de recibir un vez enviado. Hay incluso compañeros que comentan que a posteriori y revisando emails se han dado cuenta de que la Direcc General les avisaba para que subsanaran la firma en el plazo de presentación de intancias. Los compañeros de haberlo sabido lo hubiesen intentado subsabnar durante este periodo de aportación de documentación, un error que no ha sido achacable ellos pero que ahora no les permite formar parte de estas bolsas.

CSIF solicita a la Dirección General de Justicia que siendo error de programa informático no imputable al aspirante y que además era desconocedor de esta situación hasta el momento de la publicación de esta Resolución y estando todavía en fase de aportación de documentación, se permita a estos aspirantes firmar ahora esa solicitud ya presentada como borrador a efectos de permitir dejarles participar en esta Bolsa.

Otra problemática que desgraciadamente nos hemos encontrado en algunos aspirantes y al que CSIF también solicita a la Dirección General de Justicia que busque otra solución es el problema con el que se han encontrado aspirantes al no haber añadido en su momento en la propia solicitud, en el apartado del uso de herramientas informáticas, la experiencia o los servicios prestados en los distintos órganos judiciales que sí aportaban en el apartado de experiencia y que eran en la mayoría de los casos información coincidente. Y ahora al comprobar la autobaremación, evidentemente esos puntos no aparecen.

Este problema ha surgido porque como este apartado se cotejaba DE OFICIO por la Administración de Justicia siempre que los servicios hubiesen sido prestados en órganos judiciales de Aragón, los aspirantes que ya han prestado servicios en Aragón interpretaron que incluyendo éstos solamente en el apartado de experiencia, era más que suficiente, ya que la administración ya los tendrían en cuenta. Algo que no ha ocurrido porque el programa INJUS de autobaremación evidentemente no lo ha tenido en cuenta.

CSIF solicita a la Dirección General de Justicia que a pesar de que estos aspirantes no hayan dejado detallado en el apartado correspondiente de la aplicación informática de uso de herramientas informáticas los servicios prestados en la administración de justicia, la Dirección General de Justicia ha de sobreentender que efectivamente se ha realizado ese uso informático puesto que ya tienen acreditada su actividad laboral en el apartado de experiencia, y a la Administración así le consta, y añadir de oficio a estos aspirantes los puntos de este apartado que por experiencia les corresponde. Y es que la existencia de este apartado no conduce más que a error. Si solo puntúan en este apartado los aspirantes que han prestado servicio en órganos judiciales aragoneses, CSIF se pregunta para que es necesario volver a repetir los mismos datos en la solicitud, si con el apartado de experiencia laboral ya queda suficientemente reseñado este término y la Dirección General de Justicia lo comprueba de oficio.

ADJUNTAMOS EL ESCRITO PRESENTADO

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