Corrección de errores oposiciones Forenses, Técnicos INTCF y Cuerpos Generales (Auxilio, Tramitación y Gestión)

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9 de febrero de 2023

CSIF JUSTICIA INFORMA publicadas las siguientes correcciones de errores de las oposiciones

Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses
  • Orden JUS/105/2023, de 30 de enero, por la que se corrigen errores en la Orden JUS/1323/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por el turno libre, al Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, por el sistema de concurso; y en la Orden JUS/1324/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por el turno libre, al Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, por el sistema de concurso-oposición.

     

    Primero.

    Modificar el apartado D.2. de la página 190992 de la Orden JUS/1323/2022 donde dice: «por cada mes completo en el Cuerpo de Facultativos (0,10 puntos) y en el Cuerpo de Ayudantes de Laboratorio del INTCF: 0,5 puntos» debe decir: «Por cada mes completo en el Cuerpo de Facultativos (0,15 puntos) y en el Cuerpo de Ayudantes de Laboratorio del INTCF: 0,10 puntos».

    Segundo.

    Modificar el apartado D.2. de la página 191007 de la Orden JUS/1324/2022 donde dice: «por cada mes completo en el Cuerpo de Facultativos (0,10 puntos) y en el Cuerpo de Ayudantes de Laboratorio del INTCF: 0,5 puntos» debe decir: «Por cada mes completo en el Cuerpo de Facultativos (0,15 puntos) y en el Cuerpo de Ayudantes de Laboratorio del INTCF: 0,10 puntos».

    Tercero.

    Modificar en el apartado de «justificación de la convocatoria» de la Orden JUS/1323/2022, de 28 de diciembre, el primer párrafo de la página 190981 donde dice: «Los cursos de formación y los ejercicios aprobados en convocatorias anteriores se limitan a los diez últimos años, para garantizar la formación actualizada de los aspirantes» debe decir: «los cursos de formación se limitan a los diez últimos años y los ejercicios aprobados a las dos últimas convocatorias, para garantizar la formación actualizada de los aspirantes».

     

Cuerpo Nacional de Médicos Forenses
  • Orden JUS/106/2023, de 30 de enero, por la que se corrigen errores y se modifica la Orden JUS/1287/2022, de 22 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo Nacional de Médicos Forenses.

     

    Primero.

    Modificar el párrafo segundo del punto B.1. de la página 185017 de la Orden mencionada donde dice: «cursos de entre 11 y 29 horas...», debe decir: «cursos de entre 10 y 29 horas…».

    Segundo.

    Modificar el párrafo cuarto del punto B.1. de la página 185017 de la Orden mencionada donde dice: «certificaciones o diplomas en los que no conste el número de horas ni aquellos de 10 o menos horas lectivas», debe decir: «certificaciones o diplomas en los que no conste el número de horas ni aquellos de 9 o menos horas lectivas».

    Tercero.

    Modificar el apartado 1 denominado «descripción de las plazas» en su punto 1.1., en la página 185004 y proceder al cambio de distribución de las plazas otorgadas en el ámbito territorial de Cantabria, sistema general, que pasarán de 3 a 2.

    Asimismo, se incrementa en una plaza más las otorgadas al ámbito territorial Ministerio de Justicia, sistema general, que pasarán de 25 a 26.

    Cuarto.

    Como consecuencia de lo mencionado en el ordinal anterior, se procederá a otorgar un nuevo plazo de veinte días hábiles para la presentación de las solicitudes de participación en el proceso selectivo convocado por la Orden JUS/1287/2022, de 22 de diciembre, de acceso al Cuerpo Nacional de Médicos Forenses.

     

Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia
  • Orden JUS/107/2023, de 31 de enero, por la que se corrigen errores en la Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por turno libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, por el sistema de concurso oposición.

     

    Primero.

    Modificar el apartado C en su primer párrafo de la página 191081 de la Orden mencionada donde dice: «Por ejercicios de los procesos de las convocatorias de las Ofertas de Empleo Público de los años 2015, 2016 y acumulada 2017-2018 de cualquiera de los Cuerpos de la Administración de Justicia, tanto de turno libre como de promoción interina» debe decir: «Por ejercicios de los procesos de las convocatorias de las Ofertas de Empleo Público de los años 2015, 2016 y acumulada 2017-2018 de cualquiera de los Cuerpos de la Administración de Justicia, tanto de turno libre como de promoción interna».

    Segundo.

    Modificar el apartado C en su primer párrafo de la página 191085 de la Orden mencionada donde dice: «Por ejercicios de los procesos de las convocatorias de las Ofertas de Empleo Público de los años 2015, 2016 y acumulada 2017-2018 de cualquiera de los Cuerpos de la Administración de Justicia, tanto de turno libre como de promoción interina» debe decir: «Por ejercicios de los procesos de las convocatorias de las Ofertas de Empleo Público de los años 2015, 2016 y acumulada 2017-2018 de cualquiera de los Cuerpos de la Administración de Justicia, tanto de turno libre como de promoción interna».

    Tercero.

    Modificar el apartado C en su primer párrafo de las páginas 191089 y 191090 de la Orden mencionada donde dice: «Por ejercicios de los procesos de las convocatorias de las Ofertas de Empleo Público de los años 2015, 2016 y acumulada de cualquiera de los Cuerpos de la Administración de Justicia, tanto de turno libre como de promoción interina» debe decir: «Por ejercicios de los procesos de las convocatorias de las Ofertas de Empleo Público de los años 2015, 2016 y acumulada 2017-2018 de cualquiera de los Cuerpos de la Administración de Justicia, tanto de turno libre como de promoción interna».

    Cuarto.

    Modificar el apartado 1 en su primer párrafo de la página 191077 de la Orden mencionada donde dice:» El primer y segundo ejercicio tendrán lugar en el mismo día y hora en todas las sedes de examen; en un único acto de examen, uno a continuación de otro» debe decir: «Todos los ejercicios tendrán lugar en el mismo día y hora en todas las sedes de examen, en un único acto de examen, uno a continuación de otro».

    Quinto.

    Modificar el apartado D en su primer párrafo de la página 191082 de la Orden mencionada donde dice: «Por cada mes completo de servicios prestados como titular, interino o sustitutito en el resto de los Cuerpos Generales y Letrados de la Administración de Justicia,» debe decir: «Por cada mes completo de servicios prestados como titular, interino o sustituto en el resto de los Cuerpos Generales, Letrados de la Administración de Justicia, Jueces sustitutos o Fiscales sustitutos»

    Sexto.

    Modificar el apartado D en su tercer párrafo de la página 191086 de la Orden mencionada donde dice: «Por cada mes completo de servicios prestados como titular, interino o sustituto en el resto de los Cuerpos Generales y Letrados de la Administración de Justicia,» debe decir: «Por cada mes completo de servicios prestados como titular, interino o sustituto en el resto de los Cuerpos Generales, Letrados de la Administración de Justicia, Jueces sustitutos o Fiscales sustitutos»

    Séptimo.

    Modificar el apartado D en su tercer párrafo de la página 191090 de la Orden mencionada donde dice: «Por cada mes completo de servicios prestados como titular, interino o sustituto en el resto de los Cuerpos Generales y Letrados de la Administración de Justicia,» debe decir: «Por cada mes completo de servicios prestados como titular, interino o sustituto en el resto de los Cuerpos Generales, Letrados de la Administración de Justicia, Jueces sustitutos o Fiscales sustitutos».

     

  • Orden JUS/108/2023, de 31 de enero, por la que se corrigen errores en la Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por el sistema general de acceso libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

     

    donde dice: «supone el reconocimiento solo a estos efectos de hasta 12 puntos según el nivel de conocimientos acreditados…», debe decir: «supone el reconocimiento solo a estos efectos de hasta 18 puntos según el nivel de conocimientos acreditados…».

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