Publicada en el BOE la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.

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19 de septiembre de 2020

Como ya os adelantamos esta semana, finalmente se aprobó la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia que ha sido publicada en el día de hoy en el BOE.

 
Se establecen una serie de medidas procesales, concursales, organizativas y tecnológicas dirigidas a retomar la actividad ordinaria de los juzgados y tribunales tras la crisis sanitaria del coronavirus.

 

Gracias a la actividad de CSIF durante el trámite parlamentario, se ha conseguido que alguna de las propuestas que CSIF remitió a los distintos Grupos Parlamentarios, hayan encontrado reflejo en el texto definitivo. CSIF cree que lo sucedido con la adopción de determinadas medidas que figuraban en el Real Decreto no se puede volver a repetir. Volvemos a reiterar la necesidad de potenciar el diálogo y la negociación real y efectiva con carácter previo a la presentación de este tipo de medidas. Así, las prisas y la precipitación por sacar el Real Decreto Ley y la falta de participación en la elaboración del mismo son causas principales de rocambolescos episodios como la habilidad del mes de agosto, que no ha satisfecho a ninguno de los colectivos de la Administración de Justicia y que ha afectado al disfrute de las vacaciones de funcionarios y de profesionales sin razón ni motivo, ocasionado algún conflicto innecesario y algún recurso en materia de vacaciones de los funcionarios/as afectados/as.

 

Por otro lado, en el texto definitivo, se incluye una cláusula de negociación previa de todo lo que se refiera a jornada laboral, algo que va en la línea correcta, respetuosa con el derecho fundamental de libertad sindical en su variante de la negociación colectiva, siendo esta negociación, un elemento que sirve para mejorar el texto final de cualquier norma y, con más razón, ahora que se están abordando reformas de calado en la Administración de Justicia.

 

A este respecto la ampliación del plazo de aplicación de alguna de estas medidas a junio de 2021 tiene su explicación en que se trata de medidas orientadas a garantizar la seguridad en los juzgados ante el riesgo real de sufrir nuevos rebrotes, tal y como estamos viendo. CSIF reclamará que se active esa cláusula de negociación para afrontar esas circunstancias con todas las medidas de seguridad disponibles.

 

En la disposición final cuarta se modifica laLey 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de lastecnologías de la información y la comunicación enla Administración de Justicia, facilitando el acceso remoto a las aplicaciones utilizadas para la gestión procesal, fomentando así el teletrabajo. Desde CSIF, seguimos insistiendo en que es necesario abrir de manera inmediata la negociación del mismo en el ámbito de la Administración de Justicia, puesto que el carácter esencial de la Justicia, no admite nuevas improvisaciones en este sentido. Los funcionarios de Justicia, merecen un marco regulatorio claro y negociado en materia de teletrabajo, a la vez que es un deber inexcusable del Ministerio y CC.AA. con competencias transferidas el dotarse de medios materiales que garanticen la prestación del servicio a través de este sistema.

 

Desde CSIF, asimismo, reclamamos que desde el mismo momento de la publicación de la Ley en el BOE, se proceda a dotar de medios materiales a la Administración de Justicia, para garantizar la atención al públicopor videoconferencia, víatelefónica o a través del correo electrónico, tal y como establece la Ley, desde el respeto a la normativa de protección de datos y garantizando la seguridad jurídica de los funcionarios y de los ciudadanosreconociendo económicamente la asunción de nuevos roles y nuevas competencias laborales en beneficio de la ciudadanía.

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