CSIF, solicita a la Dirección General en Andalucía, que los días de compensación tenga el mismo tratamiento que los días de asuntos particulares.

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31 de enero de 2022

En el día de hoy, lunes 31 de enero, por esta Central Sindical se ha presentado escrito ante la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal en Andalucía, interesando que los días de compensación por sábados que caigan en festivo o días no laborables, así como los días 24 y 31 que igualmente recaigan en sábado, se les dé el mismo tratamiento que a lo días de asuntos particulares, pudiéndose disfrutar los mismos hasta el 31 de enero del año siguiente al que se generan.

Hasta ahora, ha sido un criterio recurrente de las diferentes Delegaciones Territoriales, pese a no estar normativamente contemplado, limitar su disfrute al año natural en curso no permitiendo extenderlo más allá del día 31 de diciembre del año, todo ello pese a la paradoja de que el sistema HERMES si que permite tramitar esa solicitud de disfrute hasta el 31 de enero del año siguiente, si bien finalmente eran denegados por la sección de personal de la Delegación Territorial oportuna, generando gran confusión en los compañeros que en alguna ocasión han visto como perdían dichos días por dicha limitación, con el consiguiente perjuicio.

Desde CSIF, entendemos que este criterio que se está aplicando no es el correcto, pues colisiona frontalmente con la normativa recogida en las diferentes resoluciones de Función Pública, tanto a nivel de la Administración General del Estado como para el personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, que establecen dar a los citados días de compensación similar naturaleza a la de asuntos particulares, permitiendo su acumulación a estos últimos, e incluso a las vacaciones anuales.

Es por todo ello, que, con carácter previo a la convocatoria de la próxima mesa sectoiral de negociación del calendario laboral del año 2022, se den la instrucciones oportunas a las diferentes Delegaciones Territoriales para que a los días de compensación tengan el mismo tratamiento que los asuntos particulares y se puedan disfrutar hasta el 31 de enero del año siguiente al año en que se generan.

En este año 2022, y como ya se informó por CSIF a inicios del mes de diciembre del pasado año, estaríamos hablando de:

  • 1 día de compensación por el sábado 1 de enero 2022
  • Además de 1 día adicional, en aquellas localidades en las que durante el año 2022 tenga alguna festividad de carácter local que coincida en sábado, como ocurre permanentemente en la localidad de Almería, así como otras localidades que pudieran darse esta circunstancia durante este año.
  • 2 días adicionales por los sábados 24 y 31 de diciembre de 2022

 

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