Publicada Nota Aclaratoria de la Dirección General a la Resolución de Fase 2 de desescalada

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27 de mayo de 2020

Por la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, se nos remite nota aclaratoria a la resolución de Fase 2 de desescalada con el siguiente contenido:

NOTA ACLARATORIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE OFICINA JUDICIAL Y FISCAL SOBRE LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA OFICINA JUDICIAL Y FISCAL POR LA QUE SE MODIFICA EL APARTADO PRIMERO DE LA RESOLUCIÓN DE 11 DE MAYO POR LA QUE SE ADOPTAN MEDIDAS RESPECTO AL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA CON MOTIVO DEL COVID-19

1º.- Apertura de Sedes en horario de tarde Aunque las Sedes contenidas en el Anexo de la Resolución permanezcan abiertas en horario de tarde, sólo podrá implantarse el turno de tarde en los Órganos Judiciales, Fiscalías e Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) en los que no se cumplan las medidas de distancia de seguridad entre personas.

 2º.- Determinación del concepto de plantilla efectiva Se entenderá por plantilla efectiva la totalidad de las personas que componen el Órgano Judicial, Fiscalía o IMLCF, incluidos el personal de refuerzo.

3º.- Incremento de plantilla presencial Todo incremento de plantilla presencial requerirá de autorización previa de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, mediante informe motivado elevado por los Secretarios Coordinadores o Fiscales Jefes o Directores de IMLCF.

 4º.- Juzgados de Paz Se aplica el criterio del 60 % de la Resolución para establecer la presencia de plantilla, en este caso deberá acudir de forma presencial, al menos, una persona funcionaria.

 5º.- Juzgados de Guardia Los servicios de guardia serán atendidos por la totalidad de la plantilla.

 6º.- Auxilio Judiciales En la Orden JUS/430/2020 de 22 de mayo, por la que se activa la Fase 2 del Plan de Desescalada para la Administración de Justicia para el COVID-19, ya no se regula un turno propio para este colectivo, por lo que formarán parte del porcentaje de su Órgano Judicial, Fiscalía e IMLCF.

Nota: respecto a la flexibilización de la jornada laboral, por motivo de conciliación familiar, de las personas que tenga a su cargo menores 14 años o personas dependientes, desde la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, se va a emitir una Instrucción específica para establecer criterios homogéneos.

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