JUBILACIONES SEGURIDAD SOCIAL

CSIF te informa sobre la revalorización de las pensiones y los cambios para acceso a la jubilación ordinaria, voluntaria y parcial del Régimen General de la Seguridad Social

El 2 de febrero de 2011 se suscribió por el Gobierno de España, CEOE, CEPYME, CCOO y UGT el

“Acuerdo Social y Económico para el crecimiento, el empleo y la garantía de las pensiones”. (accede

al texto del acuerdo). 1

Para el desarrollo del acuerdo se publicó en el BOE de 2 de agosto de 2011 la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social que introdujo varias modificaciones en el Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social, entre ellas dos cuestiones fundamentales, como son:

  • El incremento progresivo de la edad para acceder a la jubilación
  • El número de años cotizados para calcular el importe de la citada pensión.

Desde CSIF, ante los cambios que sufrirán las pensiones ordinarias del Régimen General de la Seguridad Social, tanto en lo que afecta por los cambios introducidos por la Ley 27/2011 como a la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, os informamos sobre las modificaciones que están en vigor desde el 1 de enero de 2021.

  1. ¿Cuánto se revalorizará mi pensión a lo largo de 2021?

Las pensiones abonadas por el sistema de la Seguridad Social, así como las de Clases Pasivas del Estado, experimentarán en 2021 con carácter general un incremento del 0,9 por ciento, en los términos que se indican en los artículos correspondientes de esta ley. (Art. 35 LPGE)

  1. ¿Cuál es la cantidad máxima que se puede percibir de pensión?

El importe a percibir no podrá superar, durante el año 2021, la cuantía íntegra de 2.707,49 euros mensuales y la cuantía íntegra anual de 37.904,86 euros. (Art. 38 LPGE)

  1. ¿Existe alguna excepción?

Si. No se aplicará la limitación, conforme establece el Art. 38.7 LPGE: