Adhesión al 2º Plan de Evaluación Docente 2025-2026

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18 de de febrer de 2026

Resolución de 10 de febrero de 2026, de la Consejería de Educación, por la que se aprueba la apertura del plazo de solicitud de adhesión al segundo plan de evaluación de la función docente y progresión al tramo B, así como la renuncia al tramo o plan aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 9 de abril de 2021.

Resolución (pdf) BOPA 18-02-2026

Guía de Usuario para la adhesión (pdf)

 

REQUISITOS DE ADHESIÓN AL PLAN:

  • Ser personal docente, funcionario o laboral, que cuente con cinco años de antigüedad a 1 de septiembre de 2025.
  • Encontrarse en cualquier momento del curso académico 2025/2026, y antes de la finalización del plazo de solicitudes, en alguna de las siguientes situaciones administrativas: servicio activo, servicios especiales, excedencia por razón de violencia de género o excedencia por cuidado de familiares.

No tienen, por tanto, que presentar ninguna solicitud el personal docente que hubiera solicitado su adhesión al segundo Plan de Evaluación de la Función Docente con anterioridad y ésta haya sido admitida, salvo aquellos que deseen progresar al tramo B.

REQUISITOS PARA LA PROGRESIÓN AL TRAMO B:

  • Que a fecha 1 de septiembre de 2025 haya cumplido cinco años de permanencia en el derogado Primer Plan de evaluación de la Función docente o en el tramo A del segundo Plan de evaluación, y
  • Reunir, al menos, cuatro evaluaciones positivas durante la permanencia en el primer plan o en el tramo A.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

  • Veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (del 19 de febrero al 10 de marzo).
  • La tramitación se realizará desde el Área del Profesorado, en la sección Trámites, accediendo con su clave personal mediante el acceso de empleado. Asimismo, el acceso al Área del Profesorado está disponible desde la página web de Educastur, a través del menú Servicios digitales.
  • Las personas solicitantes con destino en otras comunidades autónomas, que estén prestando sus servicios en la Consejería de Educación del Principado de Asturias en régimen de comisión de servicios, deberán aportar a esta administración Hoja de Servicios y/o Certificado de los servicios prestados previamente en su comunidad de origen.

 

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