MESA SECTORIAL DE FUNCIÓN PÚBLICA 14 DE SEPTIEMBRE DE 2026

15 de de setembre de 2026

Ayer se celebró Mesa Sectorial con dos cuestiones importantes. Por un lado, las modificaciones para la publicación de la próxima Relación de Puestos de Trabajo y por otro lado, el  Acuerdo de la Mesa Sectorial de Función Pública sobre el régimen de jornada del personal empleado público de la Administración de la Generalitat.

 

- Concerniente a las propuestas de la Administración para la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) que se publicará en este mes de septiembre.

Entrarán las reclasificaciones que iban con la partida presupuestaria de brecha salarial y que ya os anunciamos (subgrupo A2)

¿Brecha salarial aplicada a técnicos de apoyo en inserción socio-laboral para ayudar a los funcionarios de diversidad funcional?, ya vendrá incluida en la nueva Relación de Puestos de Trabajo (RPT) publicada este mes de septiembre. El informe favorable de Presupuestos llegó a Clasificación de Puestos el pasado 11/09/2026, por lo que este colectivo ya podrá venir incluido en la RPT a pesar de no estar incluido en el listado de puestos trasladados para su tratamiento en la la pasada Comisión Mixta de Estudio de Puestos de trabajo (CMEPT), celebrada el pasado 4 de septiembre de 2026.

En el caso de la AVSRE (Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias), los puestos que sí fueron trasladados a la CMEPT, anunciando su reclasificación, no cuentan todavía con informe favorable de Presupuestos, trámite ineludible que, de ultimarse este mes de septiembre, son puestos que podrían integrarse en la próxima RPT, ya que su fecha previsible de publicación será este mismo mes de septiembre.

La APT de Infraestructuras, desde este pasado mes de febrero cuenta con un nuevo requisito de acceso reflejado en la RPT, pero por un error informático en la aplicación de recursos humanos (HUMAN), esta nueva exigencia se ha volcado en unos puestos, y en otros no. Estas situaciones están en vías de solución.

Los sindicatos introducimos la conveniencia de empezar a negociar un nuevo decreto que sustituya el 56/2013 por el que se establecen los criterios generales para la clasificación de los puestos de trabajo y el procedimiento para su elaboración en la Administración de la Generalitat. 

Nos quejamos de nuevo del formato que se utiliza en la CMEPT donde las aportaciones de los sindicatos, sin el compromiso y la propuesta de cada Conselleria de puestos a amortizar u otra partida presupuestaria que pueda justificar reclasificaciones, no sirve para nada y no tenemos un peso específico en las mismas. 

- Concerniente a la implantación de las 35 horas:

En el acuerdo se hace un resumen cronológico de lo que nos ha llevado hasta aquí.

Con la Ley de Presupuestos Generales del Estado 6/2018, se permitía que cada Administración Pública pudiera establecer sus calendarios y jornadas laborales previa negociación colectiva, siempre que en el ejercicio presupuestario anterior se hubieran cumplido los objetivos de estabilidad presupuestaria, deuda pública, la regla del gasto, y que, además ello no pudiera afectar al cumplimiento del objetivo de que la temporalidad en el empleo público no supere el 8% de las plazas de naturaleza estructural en cada uno de sus ámbitos.

El Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI, suprimió la exigencia de los requisitos predefinidos en el 2018, pero manteniendo el objetivo de que la temporalidad en el empleo público no supere el 8%. 

Como consecuencia de la supresión de las exigencias referidas, se adoptó el Acuerdo de 25 de abril de 2024 en Mesa General de Negociación I, ratificado por el Consell en mayo del mismo año, instando a cada Mesa Sectorial a iniciar la negociación en su respectivo ámbito, para así negociar la aplicación de las 35 horas con sus correspondientes adaptaciones. 

En nuestro ámbito se requiere una modificación a efectos formales del Decreto del Consell regulador de nuestras condiciones de trabajo, el Decreto 42/2019, concretamente de su disposición final segunda, disposición en la que se difería la aplicación de la jornada general semanal de 35 horas, y la de especial dedicación de 37,30 horas semanales. ¿Y a qué se difería la aplicación de esta jornada semanal? A la emisión de un informe preceptivo y vinculante de la Conselleria competente en materia de Hacienda, concretamente de presupuestos, en que se justificara por una parte el cumplimiento de los requisitos exigidos en 2018, y que ahora son dispensados tras el Acuerdo Marco suscrito a nivel Estado en el 2022, y por otra que el establecimiento de dicha jornada no deberá afectar al cumplimiento del objetivo de la temporalidad en el empleo público. Dirección General de Presupuestos emitirá un informe favorable en tal sentido.

Así pues, el Consell acordará la aplicación de las jornadas semanales descritas, previa declaración de existencia de consignación presupuestaria (Dirección General de Presupuestos).

Cada Conselleria ha realizado estudio de qué supone la implantación de las 35 horas (o 37’30h/semanales), y la Dirección General de Función Pública traslada a las OOSS presentes en la Mesa Sectorial, que, a priori, la más afectada sería Servicios Sociales, lo que podría conllevar un incremento de puestos en esta Conselleria.

Apoyamos el documento sabiendo que no hay en él fecha alguna, pero entendemos que es requisito imprescindible para empezar a dar los pasos necesarios y confiamos en lo manifestado en Mesa General. Sí nos preocupa el cómo se vayan a implantar.

CSIF plantea una reflexión en esta Mesa Sectorial. La aplicación de la jornada de 35 horas/semana, o 37 h 30 min., puede conllevar que las organizaciones sindicales detectemos problemas de implantación práctica en determinados colectivos, y quizás sería conveniente la creación de un foro de seguimiento en el que los representantes de los trabajadores tuviéramos intervención. 

 

 

3.- Ruegos y Preguntas.

Las Organizaciones sindicales (OOSS) preguntamos por avances en el Decreto de Selección, Provisión y Movilidad, afirmando desde Dirección General de Función Pública (DGFP) que su aprobación por el Consell es inminente. Sin la aprobación de este Decreto, carece de sentido hablar de la Nueva Orden de Bolsas, pero es la segunda cuestión que más nos preocupa como representantes de los trabajadores. También queda como prioritaria para la Administración, la entrada en vigor de la nueva normativa de baremos en los concursos de traslados, en la que también incide la entrada en vigor del Decreto de Selección y Provisión.

En principio, esta semana la DGFP nos remitirá nuevo borrador del Decreto de Teletrabajo. En julio las OOSS trasladamos nuestras aportaciones al inicialmente remitido.

 El Director General de Función Pública, tras haber mantenido reuniones con varias asociaciones de discapacidad, nos informa de estar ahora en trámite de estudio un Decreto específico de Selección y Provisión para personal con discapacidad intelectual y/o enfermedad mental, siendo la normativa que vendría a desarrollar en este punto a la Ley 4/21 de Función Pública Valenciana.

Las OOSS tenemos inquietud de qué trascendencia pudiera tener la implantación de la jornada de 35 horas en el colectivo de conductores

Las OOSS también preguntamos por previsión de convocatoria de la COPASESA (COMISIÓN PARITARIA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL, máximo órgano colegiado paritario en materia de participación, consulta y seguimiento en materia de prevención de riesgos laborales del personal empleado público de la Generalitat). Es un tema importante, habida cuenta de los cambios de funcionamiento en el INVASSAT, que tendrá a sus Técnicos de Prevención adscritos a las diferentes Consellerias.

Desde CSIF nos interesamos por el dinero de la brecha salarial procedente del sector docente para acometer la reclasificación de ciertos grupos profesionales de administración y servicios, presentes en su gran mayoría, pero no exclusivamente, en centros educativos. La Secretaria General Administrativa de la Conselleria de Educación, nos dice tener ya elaborado el listado de titulares y ocupantes en los puestos de APF Subalternos pendientes de reclasificar, a fin de enviarles la prestación de conformidad, dada la repercusión que este aumento de jornada pudiera tener, sobre todo en cuanto a incurrir en incompatibilidades tras ese cambio de horario.

CSIF manifiesta que, más que una reclasificación por brecha es una reclasificación por aumento de jornada y se nos puntualiza que cuando hablamos de Brecha también se tiene en cuenta en la convocatoria la racionalización y mejora en la clasificación de los puestos de trabajo.

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