COMISIÓN DE SEGUIMIENTO y COMISIÓN PARITARIA 18 y 19 de junio de 2025
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19 de de juny de 2025

PUNTOS COMUNES A PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL
Criterio a seguir en el caso de que las resoluciones de los procesos extraordinarios de estabilización de empleo afecten a delegados electos en las juntas de personal y comités de empresa, su composición y derechos inherentes.
Se propone este punto para que las organizaciones sindicales presentes en el ámbito de Comisión Paritaria y de Seguimiento, lleguemos a una serie de acuerdos en relación con la permanencia de los representantes de Comités de Empresa y Juntas de Personal que puedan haberse visto afectados por procesos de Estabilización, Funcionarización o por el cese y nueva situación de contratación distinta.
CSIF advierte que la sustitución de sus miembros electos de Junta de Personal o Comité de Empresa, no es automática y que sólo puede hacerse a instancia de la organización afectada y que la Presidencia de esa Junta de Personal o Comité de Empresa que asuma esa decisión de manera unilateral, presentando el registro ante la Dirección General de Trabajo, será consecuentemente denunciada puesto que no es competente para ello.
La DGFP señala igualmente, que esa no es una competencia de una Presidencia de Junta o Comité y que la Administración actúa a instancia de cada Organización. Recuerda también que si bien no hay contemplado un periodo temporal para decidir si un miembro pierde o no el vinculo laboral, es evidente que los candidatos que han estabilizado en su misma unidad electoral, mantienen su condición de representante de Junta o Comité, siempre que la organización sindical no haya tramitado su baja.
Incluso, indica que esa situación puede mantenerse para otras situaciones, siempre que no haya una pérdida a efectos de antigüedad y se mantenga la permanencia de la persona en la unidad electoral.
Caso distinto es la situación de haberse funcionariado porque se produce una modificación en la vinculación laboral.
Se propone que sean las OOSS las que lleguen a los pertinentes acuerdos en esta materia en foro distinto a Comisión de Seguimiento y Paritaria.
Interpretación restrictiva realizada por la Subdirección General de Personal de la Consejería de Cultura y Turismo, respecto de lo reflejado en artículo 51.2 del Acuerdo Sectorial y 104-2 del Convenio Colectivo, en relación con criterios generales para el disfrute de la festividad de San Isidro. Estableciendo como criterio adicional no recogido en textos convencionales el cumplimiento de cumplir con el horario en cómputo mensual.
La Subdirección General de Personal se compromete a modificar la instrucción, incluyendo que el personal puede ajustar su cómputo mensual del mes de mayo con el exceso de jornada mensual de los meses de abril y junio y así disfrutar de la festividad local por San Isidro.
RESPECTO DE PERSONAL FUNCIONARIO.
Información y aclaración sobre comunicaciones de ceses de personal (ejemplo en la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local), por cumplimiento de 3 años de nombramiento estando el puesto adscrito a una convocatoria que se está desarrollando. Técnico Superior Salud Pública OPE 2022.
LA DGFP da instrucciones a la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local en relación a que las personas afectadas por esta situación, pueden permanecer en el puesto hasta la resolución del proceso selectivo.
RESPECTO DEL PERSONAL LABORAL
Aplicación del apartado 2 de la Disposición transitoria decimoséptima. Inicio del concurso abierto permanentemente. "En tanto no tenga lugar la implantación efectiva del modelo de concurso abierto permanentemente, seguirá siendo de aplicación lo dispuesto en los artículos 49 a 55, relativos al concurso de traslados del Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de 2021-2024
La Subdirección de Planificación de efectivos vuelve a confirmar en el seno de la Comisión Paritaria que no se va a convocar Concurso de Traslados conforme a los criterios del Convenio colectivo de 2021-2024.
Que sus esfuerzos se están centrando en desarrollar una propuesta de desarrollo del Concurso de Traslados Permanentemente Abierto, par lo que están trabajando en un nuevo aplicativo con Madrid Digital.
Información sobre previsión de publicación por categorías y fechas de las Bolsas de trabajo derivadas de procesos selectivos de estabilización y libre
CSIF ha planteado la situación de precariedad a efecto de cobertura de vacantes que viene produciéndose especialmente en los Centros de Atención Directa y que en gran medida, esta situación se debe a la situación actual de las Bolsas de Empleo. Se recuerda a la Administración que la mayoría tienen más de 25 años de vigencia y que en el mejor de los casos, las últimas publicadas son de 2016 y 2017 con el consecuente agotamiento de las mismas y su falta de operatividad.
CSIF viene advirtiendo en la necesidad que la Administración centre sus esfuerzos en la publicación de la Bolsas y comunique cuales van a publicarse con cargo a los procesos de Libre o Estabilización en función del estado de las convocatorias resueltas y en curso.
La Subdirección de Planificación de Efectivos nos informa que se van a publicar 29 convocatorias entre julio y septiembre de 2025, son entre otras (recibiremos el listado exacto):
Respecto de Procesos de LIBRE (meses de junio, julio y agosto):
PAS 2019: publicación el 26 de junio de 2025
Vigilancia de Incendios
Técnicos de Cocina
Técnico Mantenimiento
T. E II Emisorista
Respecto de Proceso de Estabilización (meses de julio y agosto)
DUE (en julio)
Fisioterapia (en julio)
Titulado Medio Educador
Técnico Auxiliar área C
Educador Discapacidad
TCAE
Educador Escuelas Infantiles
Técnico Especialista III
Técnico Mantenimiento
Técnico Cocina
Conductores Forestales
Psicología General Sanitaria
T.S. Médico
T.S. Psicología
T.S. Agropecuario
Técnico Esp. II área C
T.S. Medico Familia
Gestor 112
Respecto de Proceso de Estabilización (septiembre)
Psicomotricista
Conductor
Perito Judicial
Auxiliar Administrativo
Las bolsas publicadas derogan las vigentes con prioridad de la Bolsa de Libre sobre la de Estabilización, en caso de que se publicaran ambas en una misma categoría
Interpretación de los términos de aplicación del artículo 105 del Convenio Colectivo, respecto de la compensación por trabajo en domingo o festivo, a las sustituciones por IT en ARRMI
Se acuerda redactar una interpretación en relación al último párrafo del artículo 105 del vigente convenio colectivo y en relación al personal que sustituya por IT al titular de un puesto por un periodo corto de tiempo para abonar conforme a lo establecido en artículo185 y no compensar en tiempo.
CSIF está de acuerdo con que se proponga una interpretación, siempre que la misma se ciña a la cuestión planteada y se refleje que el sustituto reciba el mismo trato en cuanto a cuadrante respecto de la persona a la que cubre por IT.
Interpretación de los términos de aplicación del artículo 108, a los supuestos de reducción de jornada recogidos en el artículo 114 del Convenio Colectivo, a la luz de los términos en lo que se aplica al personal adscrito al Centro de Atención de Llamadas de Urgencia 112
La Administración declina la propuesta de compensación realizada por la organización que plantea el punt.
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